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Bizkaia apuesta por la bicicleta

Al comienzo del presente siglo XXI, Bizkaia contaba con poco más de 50 km de vías ciclistas ejecutadas a lo largo del territorio, que obedecían principalmente a iniciativas experimentales y no se hallaban integradas en planificación o red ciclista alguna. A finales de 2022, se cuenta con más de 439 km habilitados de vías adaptadas para la circulación en bicicleta, y otros casi 34 nuevos kilómetros se hallan en construcción, dentro de una planificación, preferentemente municipal, próxima a los 1042 km.

  • 439,5 km de vías ciclistas habilitadas

  • 17,5 km nuevos ejecutados el último año

  • 348,5 km diferenciados del coche

  • 33,5 km nuevos en construcción actualmente

Seguridad ciclista

  • Mantente visible y concentrado. Evita colocarte en el ángulo muerto de los automóviles. No pierdas la atención al circular. El uso de móviles y auriculares están prohibidos. Y recuerda: “0” alcohol cuando vas en bicicleta.

  • Se recomienda usar siempre el casco (obligatorio en carretera, así como para todas las personas ciclistas menores de 16 años independientemente de la vía por la que circulen).

  • Mantén correctamente tu bicicleta, consérvala en condiciones óptimas. Y no olvides que la capacitación y el reciclaje pueden incrementar tu seguridad.

  • Asegúrate. Para tu tranquilidad, contrata un seguro de responsabilidad civil (puedes reclamarlo en tu seguro del hogar).

Los siguientes recorridos son una invitación a dejar el coche en casa y a disfrutar de la bicicleta sin prisas y sin agobios. Se trata de rutas bastante seguras y asequibles donde, además, podremos conocer los valores que atesoran los distintos recorridos

La bicicleta como medio de transporte cotidiano y de ocio

Clubes ciclistas

Las personas aficionadas al ciclismo deportivo de carretera son el grupo de ciclistas más visible y numeroso en Bizkaia, y en la Comunidad Autónoma Vasca. Gran número de ellas forman parte de alguno de los más de cien Clubes de Ciclismo con los que cuenta Bizkaia. Y constituyen una manera extraordinaria para sumarse a la práctica de este deporte y participar de salidas acompañadas, escuelas de ciclismo, etc.

  • Federación Vizcaína de Ciclismo

    Junto al ciclismo de carretera, varias otras disciplinas son también impulsadas desde el trabajo de la Federación de Bizkaia: escuelas, cicloturismo, adaptado, rally o cross country-XC, pista, ciclocross-CX y descenso o down hill-DH. El federarse supone, además, apoyar el deporte de base y permite, también, contar con un seguro médico y de accidentes.

  • Federación Vasca de Ciclismo

    Impulsa, califica, autoriza, ordena y organiza las actividades y competiciones oficiales de la modalidad deportiva en el ámbito autonómico. Y ostenta la representación del deporte federado vasco correspondiente a su modalidad deportiva en el ámbito estatal (ciclocross, trial o trialsin, mountain bike-MTB, pista, ruta, BMX o bicicross y ciclismo gimnasio).

¿Tienes más dudas relacionadas con la movilidad en bicicleta?

  • Si adelantarles supone un peligro para esas otras bicicletas que vienen de frente, o las entorpece solamente, la maniobra está completamente prohibida, a fin de garantizar, precisamente, su seguridad. Recordar igualmente la obligación del vehículo automóvil de moderar su circulación, y si fuera preciso llegar a detenerse (lo que da idea de lo exigencia de la medida de precaución a adoptar), al acercarse fuera de poblado a ciclos que circulan por la calzada o por su arcén.

  • No, todavía no, aunque parece que la voluntad es la de regular y permitir su uso.

    De hecho, en alguna ocasión se llevó el tema al Congreso con idea de reformar el Reglamento General de Circulación (como ocurrió en 2014), en la que se contemplaba facultar a las bicicletas, en vías interurbanas, el uso de dispositivos de señalización o distanciadores laterales para indicar la separación lateral de 1,5 m que todo conductor de vehículo automóvil debe respetar al adelantarles. Pero la realidad es que no está regulado su uso y, por consiguiente, quien circula en bicicleta “no está autorizado para llevar ningún objeto que sobresalga de ella” (aunque cada vez es más frecuente ver, de facto, el uso de sistemas flexibles de indicación y de autoprotección ciclista lateral adosados a la rueda trasera de la bicicleta, por ejemplo).

    Señalar, igualmente, que la voluntad recogida en su día en el citado borrador era la de regular el uso de esos nuevos dispositivos creados de material flexible y que podrían incluir elementos reflectantes, pudiendo sobresalir lateralmente un máximo de 1 metro desde el eje longitudinal de la bicicleta, sin comprometer la estabilidad de la propia bicicleta.

  • Cuando el adelantamiento se efectúa en carretera o fuera de poblado, la separación lateral que todo vehículo automóvil ha de mantener respecto al ciclo que se adelanta, o conjunto de ellos, no será nunca inferior a 1,5 m (anchura obligatoria de seguridad a guardar), para lo cual se deberá ocupar parte o la totalidad del carril contiguo o contrario, siempre y cuando existan las condiciones para garantizar la seguridad vial, quedando expresamente prohibido hacerlo entorpeciendo o poniendo en peligro a posibles ciclistas que pudieran venir en dirección contraria. Pero además, y esto fue incorporado en la nueva ley de tráfico que entró en vigor en marzo de 2022, cuando el adelantamiento se produce en vías de dos o más carriles por sentido, el coche habrá de ocupar “obligatoriamente” el carril contiguo a la hora de adelantar a una bicicleta.

    Igualmente, quien conduce una bicicleta y pretenda adelantar fuera de poblado a cualquier otro vehículo lo hará de forma que entre aquella y las partes más salientes del vehículo que adelanta quede un espacio, también, no inferior a 1,5 metros. Dicha separación no será exigible cuando el vehículo a adelantar sea otra bicicleta que circula en su mismo grupo, en cuyo caso la separación será la necesaria para garantizar su seguridad y la del propio grupo.

    Cuando el adelantamiento se efectúe en vía urbana o núcleo poblado, el vehículo automóvil que ha de adelantar una bicicleta dejará un margen lateral de seguridad proporcional a la velocidad y a la anchura y características de la calzada, garantizando en todo momento, lógicamente, la seguridad de la persona ciclista, tal y como viene recogido en el artc. 85 del Reglamento de Circulación.

    Infringir la norma de adelantamiento a ciclistas, poniendo en riesgo en peligro a estos o entorpeciendo su circulación, tiene la categoría de grave y lleva aparejada la pérdida de puntos.

  • Las bicicletas, a diferencia del resto de vehículos, tienen permitido circular en grupo, extremando en esta ocasión la atención a fin de evitar alcances entre ellos. Recordar en este punto también que, como norma general, está permitido circular en paralelo, en columnas de a dos (salvo en tramos sin visibilidad o cuando vayan creando retenciones o aglomeraciones de tráfico, en los que deberán circular en línea de a uno para favorecer las maniobras de adelantamiento). A este respecto, el Reglamento General de Circulación en su art. 176.5 no hace distinciones según el tipo de vía (interurbana o urbana) por lo que también en poblado, salvo que las ordenanzas municipales digan lo contrario, se estaría a lo dispuestos para el caso general en cuanto a la posibilidad de circular en paralelo y en grupo.