¿Qué son?

  • Un servicio de atención diurna para personas con discapacidad o que necesitan:
    • Mejorar o mantener su nivel de autonomía personal.
    • Dar apoyo a sus cuidadores y cuidadoras habituales.
  • Son servicios con copago.

¿Qué ofrece?

  • Atención diurna.
  • Asistencia mediante el desarrollo de los programas adecuados para mantener su autonomía.
  • Apoyo de un equipo multidisciplinar de profesionales con los perfiles idóneos para la prestación de una atención integral orientada al bienestar físico, psicológico y social.
  • Ocio y actividades educativo-culturales.
  • Transporte adaptado, cuando resulte necesario debido a las dificultades de movilidad de las personas usuarias y/o de las dificultades de acceso al centro por transporte público.
    • Tener la nacionalidad española o de otro estado de la Unión Europea.
    • Tener entre 18 y 64 años.
    • Tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior a un 60 % o tener reconocido un grado de dependencia.
    • Tener acreditada la valoración de dependencia.
    • No haber renunciado a una plaza o a la inclusión en lista de espera.
    • En el caso de las personas con enfermedad mental, además deberán contar con un diagnóstico de enfermedad mental crónica o de trastorno mental grave y prolongado, emitido por Osakidetza-Servicio Vasco de Salud.

Cómo se accede a una plaza en un centro de día

Valoración de la discapacidad, de la dependencia y PIA

Para acceder a una plaza en una residencia foral es necesario:

  • Haber realizado la valoración de la discapacidad y tener al menos un grado del 60 % o tener reconocido un grado de dependencia.
  • Haber realizado la valoración de la dependencia.
  • Tener aprobado en el Programa Individual de Atención (PIA) el Servicio de centro de día.
  • El PIA sirve de solicitud si lo solicitas expresamente.
  • Si en el momento de acordar el PIA no lo señalas, puedes realizar una solicitud en cualquier momento.

Valoración de la necesidad

La Diputación Foral de Bizkaia:

  • Comprueba la solicitud. Si falta algún documento, te requeriremos para que presentes la documentación en 10 días.
  • Se trabaja en equipo estableciendo entrevistas conjuntas en el domicilio o en las dependencias de acción social.
  • Valora tu situación social mediante el indicador social de necesidad de atención en centros (ISNA). También se tiene en cuenta la valoración médica y psicológica.

Asignación de plaza

  • Tras la valoración económica, recibirás una notificación con la resolución.
  • En la resolución se te reconoce la condición de beneficiaria de plaza en centro de día foral.
  • El acceso al centro de día no es inmediato. Se te asignará una plaza cuando haya una disponible que se ajuste a tus necesidades y la prioridad la establecerá la puntuación ISNA.

Acceso al centro de día

  • Cuando se te asigne una plaza, te llamaremos por teléfono, para ofrecértela.
  • Si la aceptas, se fijará la fecha en que debes acudir al centro, de acuerdo contigo, tu familia y la entidad gestora del centro.
  • En caso de no acudir en la fecha señalada sin motivo justificable, se entenderá que renuncias a la plaza.

Preguntas frecuentes

  • Sí. Durante los 3 primeros meses inmediatamente posteriores al ingreso, (prorrogables por otros 3 meses) la persona usuaria completará un periodo de adaptación a las características y funcionamiento del centro, así como a los hábitos convivenciales mínimos que garanticen una correcta atención y bienestar para todas las personas usuarias.

  • Si pese al apoyo técnico llevado a cabo a través del plan de atención individualizado, el personal del centro observa inadaptación de la persona usuaria al centro, la dirección del centro informará en este sentido a la persona usuaria y/o a su representante legal o voluntario, así como a la unidad administrativa competente del Departamento de Acción Social. Estudiado el expediente, la unidad administrativa elaborará la propuesta que considere más adecuada y, en su caso, en los supuestos en que retorne a su medio social, se le informará de la posibilidad de obtener el apoyo de otros recursos sociales.

  • Sí. Las personas usuarias tendrán derecho a reserva de plaza durante los periodos de ausencia del centro de día en las siguientes condiciones:

    En el supuesto de ausencia voluntaria, siempre que el periodo de ausencia no sea superior a 60 días por año natural, salvo que concurran circunstancias excepcionales apreciadas por la unidad administrativa competente

    En caso de ausencia obligada por prescripción médica o por internamiento en algún centro hospitalario, el derecho a reserva de plaza se mantendrá mientras duren los motivos, salvo que, atendiendo al plazo, constituya causa de extinción y baja del servicio.

  • Sí. No obstante, el traslado no podrá autorizarse antes de que trascurra el plazo de 3 meses desde el ingreso, salvo por razones excepcionales debidamente justificadas. Cuando se haya realizado un traslado de centro de día a instancia de la persona usuaria, no se autorizará un nuevo traslado hasta pasado 1 año desde el ingreso, salvo por razones excepcionales debidamente justificadas.

  • Se calcula en función de tus ingresos o renta, los de la unidad de convivencia y el coste de la plaza. A título orientativo, la plaza en un centro de día nunca va a costar más de 12,79 euros por día en 2026.

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