Editran

Es un software de transferencia de ficheros, un medio de intercambio de información entre las entidades declarantes y la Diputación Foral de Bizkaia.

Modelos que se pueden presentar

Modelo 159.
Declaración informativa anual de consumo de energía eléctrica.
Modelo 170.
Declaración de las operaciones realizadas por los empresarios o profesionales adheridos al sistema de gestión de cobros a través de tarjetas de crédito o de débito.
Modelo 171.
Declaración informativa anual de imposiciones, disposiciones de fondos y de los cobros de cualquier documento.
Modelo 180.
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre la Renta de no Residentes (establecimientos permanentes). Retenciones e ingresos a cuenta. Rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos.
Modelo 181.
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Declaración informativa de préstamos y créditos, y operaciones financieras relacionadas con bienes inmuebles.
Modelo 182.
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Declaración informativa de donativos, aportaciones y disposiciones.
Modelo 184.
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Impuesto sobre Sociedades. Impuesto sobre la Renta de no Residentes. Entidades en régimen de atribución de rentas. Declaración informativa anual.
Modelo 187.
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre la Renta de los no residentes en relación con las rentas o ganancias patrimoniales obtenidas como consecuencia de las transmisiones o reembolsos de esas acciones y participaciones. Declaración informativa de acciones y participaciones representativas del capital o del patrimonio de las instituciones de inversión colectiva. Resumen anual: retenciones e ingresos a cuenta.
Modelo 188.
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre la Renta de no Residentes. Retenciones e ingresos a cuenta. Rentas o rendimientos del capital mobiliario procedentes de operaciones de capitalización y de contratos de seguro de vida o invalidez. Resumen anual.
Modelo 189.
Declaración Informativa anual acerca de valores, seguros y rentas.
Modelo 190.
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y Sociedades. Retenciones e ingresos a cuenta. Rendimientos del trabajo, de actividades económicas, premios y determinadas imputaciones de renta. Resumen anual.
Modelo 192.
Declaración anual de operaciones con Letras del Tesoro.
Modelo 193.
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, Impuesto sobre Sociedades y sobre la Renta de no Residentes. Retenciones e ingresos a cuenta sobre determinados rendimientos del capital mobiliario y determinadas rentas. Resumen anual.
Modelo 194.
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre la Renta de los no residentes en relación con las rentas o ganancias patrimoniales obtenidas como consecuencia de las transmisiones o reembolsos de esas acciones y participaciones. Declaración informativa de acciones y participaciones representativas del capital o del patrimonio de las instituciones de inversión colectiva. Resumen anual: retenciones e ingresos a cuenta.
Modelo 196.
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre la Renta de no Residentes. Retenciones e ingresos a cuenta. Rendimientos del capital mobiliario y rentas obtenidos por la contraprestación derivada de cuentas en toda clase de instituciones financieras, incluyendo las basadas en operaciones sobre activos financieros. Resumen anual.
Modelo 198.
Declaración anual de operaciones con activos financieros y otros valores mobiliarios.
Modelo 199.
Identificación de las operaciones de las entidades de crédito. Declaración anual de identificación de las operaciones con cheques de las entidades de crédito.
Modelo 280.
Declaración Informativa anual de planes de ahorro a largo plazo.
Modelo 291.
Impuesto sobre la Renta de no Residentes sin establecimiento permanente. Declaración informativa de rendimientos de cuentas de no residentes.
Modelo 296.
Impuesto sobre la Renta de no residentes. No Residentes sin establecimiento permanente.
Modelo 345.
Declaración anual de EPSVs, Planes de Pensiones, sistemas alternativos, Mutualidades de Previsión Social, Planes de previsión asegurados, PIAS, Planes de Previsión Social Empresarial y Seguros de Dependencia.
Modelo 346.
Declaración anual de subvenciones, indemnizaciones o ayudas por entidades públicas o privadas, derivadas del ejercicio de actividades agrícolas, ganaderas o forestales.
Modelo 347.
Declaración anual de operaciones con terceras personas.
Modelo 611.
Declaración informativa anual de los pagos en metálico del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, modalidad Actos Jurídicos Documentados, que grava los documentos mercantiles admitidos a negociación o cobro por entidades de crédito.
Modelo 616.
Declaración informativa anual de los pagos en metálico del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, modalidad Actos Jurídicos Documentados, que grava la emisión de documentos que lleven aparejada acción cambiaria o sean endosables a la orden.
Modelo 781.
Declaración informativa de cuentas vivienda.
Modelo 782.
Declaración informativa anual de los depósitos para la adquisición de participaciones en Fondos europeos para el impulso a la innovación.

Cómo presentar

Las entidades obligadas a transmitir sus declaraciones informativas a través de Editran, así como aquellas otras que, voluntariamente, quieran acogerse a esta modalidad, deberán realizar previamente una serie de pruebas técnicas para establecer la conexión con Lantik S.A.

PROCEDIMIENTO PARA EL ALTA

Preguntas frecuentes

    • DECRETO FORAL de la Diputación Foral de Bizkaia 112/2009, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de gestión de los tributos del Territorio Histórico de Bizkaia. (BOB 30 Julio)
    • ORDEN FORAL 2159/2010 , de 17 de septiembre, por la que se aprueba el modelo 159 de declaración informativa anual de consumo de energía eléctrica, así como los diseños físicos y lógicos para la presentación en soporte directamente legible por ordenador.
    • ORDEN FORAL 2725/2010, de 24 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 170 de declaración de las operaciones realizadas por los empresarios o profesionales adheridos al sistema de gestión de cobros a través de tarjetas de crédito o de débito, así como los diseños físicos y lógicos para la presentación en soporte directamente legible por ordenador.
    • ORDEN FORAL 2726/2010, de 24 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 171 de declaración informativa anual de imposiciones, disposiciones de fondos y de los cobros de cualquier documento, así como los diseños físicos y lógicos para la presentación en soporte directamente legible por ordenador.
    • ORDEN FORAL 515/2009, de 17 de febrero, por la que se aprueba el modelo 189 de declaración informativa anual acerca de valores, seguros y renta.
    • ORDEN FORAL 3225/2005, de 23 de diciembre, por la que se regula el procedimiento para la presentación telemática del modelo 184 de declaración informativa anual de entidades en régimen de atribución de rentas.
    • ORDEN FORAL 4.033/2003, de 16 de diciembre, por la que se regula el procedimiento para la presentación telemática de los modelos 610 y 615 del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y se autoriza la presentación por Editran de los modelos 611, 616 y 781.
    • ORDEN FORAL 3.110/2002, de 25 de octubre, por la que se establecen las condiciones generales y el procedimiento para la presentación telemática por Editran para determinados contribuyentes y modelos.
  • No se puede efectuar la presentación colectiva de declaraciones tal y como se define en las Ordenes que aprueban los diferentes modelos para la presentación en soporte magnético; es decir, no se puede con registro de tipo 0

  • Es inmediato.

  • Efectivamente, no se podrá efectuar la presentación telemática prevista en la Orden de 21 de diciembre de 2000 en los siguientes supuestos:

    1. Cuando el fichero a transmitir contenga más de tres millones de registros.
    2. Cuando haya transcurrido más de un año desde el inicio del plazo de presentación que para cada modelo de declaración se recoge en las respectivas Órdenes de aprobación de los mismos. A partir de dicha fecha, los obligados tributarios que pretendan regularizar su situación tributaria en relación con esta obligación, deberán efectuar la presentación de la declaración mediante el correspondiente modelo de impreso, en su caso, mediante soporte directamente legible por ordenador.
    3. Cuando la presentación sea colectiva.

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