Cómo presentar

Las entidades obligadas a transmitir sus declaraciones informativas a través de Editran, así como aquellas otras que, voluntariamente, quieran acogerse a esta modalidad, deberán realizar previamente una serie de pruebas técnicas para establecer la conexión con Lantik S.A., empresa pública foral que presta el servicio informático a los Departamentos de la Diputación Foral de Bizkaia.

Contacto: decinf-editran@bizkaia.eus

Estas pruebas solo se realizarán la primera vez que la entidad se conecte con Lantik a través de Editran, y servirán para ajustar los parámetros de configuración y realizar las pruebas de envío y recepción de ficheros en ambos sentidos.

Procedimiento y condiciones para el alta

A continuación se describen los pasos a seguir para efectuar el procedimiento de alta :

  1. Se establece una aplicación Editran única para soportar la transmisión de modelos de declaraciones informativas : DECINF.
  2. Todas las Entidades declarantes acogidas a este procedimiento deberán rellenar un formulario.

    Hay dos formularios diferentes:

    • Si la Entidad ES DECLARANTE Y TRANSMISORA, deberá cumplimentar el formulario correspondiente a fin de poder configurar la conexión oportuna en Editran y además continuar el resto de procedimiento expuesto en el apartado 3 siguiente.
    • Si la Entidad ES DECLARANTE PERO NO TRANSMISORA, sólo deberá cumplimentar el formulario correspondiente. Será la Entidad Declarante y Transmisora por la que aquella efectúe sus declaraciones, la que deberá desarrollar el procedimiento de alta completo.
  3. Todas las Entidades Declarantes y Transmisoras que hayan remitido el formulario deberán:
    1. Dar de alta en su Editran la sesión adecuada para soportar la aplicación DECINF, en base a los datos sobre la configuración Editran que figuran en el formulario adjunto. Por su parte Lantik S.A., hará lo mismo en base a los datos que la Entidad ha reflejado también en el formulario.
    2. Personal de Lantik S.A. se pondrá en contacto con el responsable a nivel de comunicaciones de la Entidad para acordar el establecimiento de una primera sesión para la aplicación DECINF en que dicha Entidad enviará un fichero, a modo de prueba, a Lantik S.A. y seguidamente, recogerá otro desde ésta.
      Es preciso observar que este primer intercambio de datos NO TIENE NADA QUE VER CON DECLARACIONES INFORMATIVAS y sólo sirve para probar que los ficheros transmitidos por Editran poseen idénticas características en los extremos origen y destino de la comunicación.
    3. Después de que la Entidad haya efectuado con éxito ambas transmisiones, deberá ponerse en contacto con Lantik S.A. para indicarlo y acordar la finalización de la fase de prueba, cuando la coherencia de los ficheros en ambos extremos esté garantizada.
    4. La entidad deberá esperar entonces a la iniciación del plazo efectivo de presentación de declaraciones para poder hacer las suyas ya en producción.
    5. Debe tenerse en cuenta que la información enviada deberá ser encriptada, conforme a los parámetros de Editran que se indican en el apartado configuración de los parámetros de Criptografía en Editran
  4. Todos los contactos entre la Entidad y Lantik S.A. se deberán realizar por correo electrónico o por fax, siendo preferible, a todos los efectos, el primer medio de ellos.

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