Recibos IBI/IAE

Información referente al impuesto sobre bienes inmuebles y al impuesto sobre actividades económicas.

Consulta de recibos

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Plazos y formas de realizar el pago

  • La fecha límite para aceptar cambios de cuentas para domiciliar los recibos es el día 24/09/2024.

  • La fecha de pago del impuesto en aquellos municipios cuyo IBI /IAE es gestionado por la Diputación, es del 10 de Septiembre al 10 de Octubre, o inmediato hábil posterior si el último día de plazo es inhábil.

    • En el caso de recibos domiciliados en una entidad bancaria, el cargo se hace el último día del período voluntario, es decir, el 10 de Octubre, o inmediato hábil posterior.
    • Para los recibos no domiciliados es necesario acudir, dentro del plazo establecido, a cualquier entidad bancaria colaboradora con la carta de pago correspondiente para hacer el abono.

    El impago de la deuda en el plazo establecido supondrá el inicio del periodo ejecutivo de pago por la deuda pendiente, el devengo del recargo ejecutivo del 5% y del interés de demora y el inicio del procedimiento recaudatorio de apremio contra el patrimonio de la persona deudora.

    El pago de la deuda podrá aplazarse en las condiciones establecidas en la normativa tributaria, previa solicitud del interesado. La solicitud de aplazamiento presentada en periodo voluntario suspenderá el inicio del periodo ejecutivo.

    Si usted tiene el recibo domiciliado y desea cambiar de cuenta, o no teniéndolo domiciliado desea hacerlo, podrá realizarlo:

    • Presencialmente en la oficina de Hacienda en Bilbao, Oficinas descentralizadas y Cajas y Bancos.
    • Mediante SEDE eléctrónica, en el trámite Consulta de recibos y domiciliaciones IBI /IAE. Para ello, necesita tener una identificación electrónica reconocida.
    • Mediante una solicitud tributaria, presentándola en los registros habilitados o registrándola telemáticamente a través del modelo L 20.
    • En el caso concreto del IBI además se puede domiciliar:

      Por teléfono: 946 125 500

    • Para realizar la domiciliación del IBI se deberán aportar los siguientes datos:
      • El número fijo de la vivienda.
      • Dirección del inmueble.
      • DNI de la persona que sea titular.
      • Número de la cuenta de domiciliación y justificante o consentimiento de su titularidad.

    Se exceptúa este servicio para los recibos que son gestionados directamente por el correspondiente Ayuntamiento (estos municipios son: BARAKALDO, BASAURI, BILBAO, DURANGO, PORTUGALETE, SANTURTZI y ZIERBENA y para el caso de IBI además GETXO y LEIOA).

Tipos de gravamen

Normativa