PREGUNTAS FRECUENTES

Preguntas frecuentes Diputación

  • Los días declarados inhábiles mediante Resolución, de 18 de julio de 2024, del Gobierno Vasco y Decreto Foral 176/2024, de 4 de octubre, de la Diputada General, por el que se declaran los días inhábiles para cuantos actos, trámites y recursos deban llevarse a cabo o formularse en el ámbito de la Diputación Foral de Bizkaia durante 2025, son los siguientes:

    • 1 de enero, Año Nuevo
    • 6 de enero, Día de Reyes
    • 17 de abril, Jueves Santo
    • 18 de abril, Viernes Santo
    • 21 de abril, Lunes de Pascua de Resurrección
    • 1 de mayo, Fiesta del Trabajo
    • 25 de julio, Santiago Apóstol
    • 31 de julio, San Ignacio de Loiola
    • 15 de agosto, Asunción de la Virgen
    • 22 de agosto, Viernes de la Semana Grande de Bilbao
    • 1 de noviembre, Día de Todos los Santos
    • 6 de diciembre, Día de la Constitución
    • 8 de diciembre, Inmaculada Concepción
    • 24 de diciembre
    • 25 de diciembre, Natividad del Señor
    • 31 de diciembre
    • Sábados y domingos de 2025
  • Sí, el palacio Foral puede ser visitado de lunes a sábado entre las 13:15 y las 16:30.

    Las visitas tienen una duración de entre 45 y 60 minutos y deben ser concertadas telefónicamente (946.083.537, 673.000.238) o a través del buzón bisitak@bizkaia.eus.

    Horario de atención: lunes a viernes de 10:00 a 14:00 y de 15:00 a 19:00.

  • Los días declarados inhábiles mediante Resolución, de 12 de septiembre de 2023, del Gobierno Vasco y Decreto Foral 234/2023, de 26 de octubre, de la Diputada General, por el que se declaran los días inhábiles para cuantos actos, trámites y recursos deban llevarse a cabo o formularse en el ámbito de la Diputación Foral de Bizkaia durante 2024, son los siguientes:

    • 1 de enero, Año Nuevo
    • 6 de enero, Día de Reyes
    • 28 de marzo, Jueves Santo
    • 29 de marzo, Viernes Santo
    • 1 de abril, Lunes de Pascua de Resurrección.
    • 1 de mayo, Fiesta del Trabajo
    • 25 de julio, Santiago Apóstol
    • 31 de julio, San Ignacio de Loiola
    • 15 de agosto, Asunción de la Virgen
    • 23 de agosto, Viernes de la Semana Grande de Bilbao
    • 12 de octubre, Fiesta Nacional
    • 1 de noviembre, Día de Todos los Santos
    • 6 de diciembre, Día de la Constitución
    • 25 de diciembre, Natividad del Señor
    • Sábados y domingos de 2024

TODAS LAS PREGUNTAS

Preguntas frecuentes Bicicletas

  • Quienes circulen en bicicleta por carretera están autorizados a hacerlo en posición paralela, en columna de a dos, atendiendo a las circunstancias de la vía o a la peligrosidad del tráfico, orillándose, eso sí, todo lo posible al extremo derecho de la vía.

    El art. 54 del Reglamento General de Circulación autoriza la circulación en grupo de los ciclistas, pero ir en grupo no significa ir en pelotón. Así los ciclistas circularán por el arcén de su derecha, si fuera transitable y suficiente para cada uno de estos y, si no lo fuera, utilizarán la parte imprescindible de la calzada.

    Eso sí, en las autovías (donde está permitida su circulación salvo que expresamente se indique lo contrario) solo podrán circular por el arcén, sin invadir la calzada en ningún caso. Y en los descensos prolongados con curvas, cuando razones de seguridad lo permitan, los conductores de bicicletas podrán abandonar el arcén y circular por la parte derecha de la calzada que necesiten.

    Por último, señalar también que en tramos sin visibilidad o cuando lleguen a formar aglomeraciones de tráfico, deberán colocarse en hilera (uno detrás de otro) para favorecer los adelantamientos.

    Imagen de ciclistas en paralelo

  • Como viene recogido en el art. 23.5 de la Ley de Tráfico, quienes conducen una bicicleta tienen prioridad de paso respecto a los vehículos a motor:

    1. Cuando circulen por un carril-bici, paso para ciclistas o arcén debidamente autorizado para uso exclusivo de quienes andan en bicicleta.
    2. Cuando para entrar en otra vía el vehículo a motor gire a derecha o izquierda, en los supuestos permitidos, existiendo una persona ciclista en sus proximidades.
    3. Cuando las bicicletas circulen en grupo, serán considerados como una única unidad móvil a los efectos de prioridad de paso. Así, cuando la primera bicicleta del grupo haya iniciado ya el cruce o haya entrado en una glorieta, al resto de unidades que conforman el grupo se le aplicarán las preferencias que le sean reconocidas a esa primera bicicleta. A este respecto, en circulación urbana se estará a lo dispuesto por la ordenanza municipal correspondiente si se optara por otro criterio.

    En los demás casos, son aplicables las normas generales sobre prioridad de paso entre vehículos recogidas en la propia Ley de Tráfico. Entre estas se encuentra también la prohibición (aunque se goce de prioridad de paso) de penetrar con cualquier vehículo en una intersección o en un paso para peatones o ciclistas si la situación de circulación es tal que, previsiblemente, pueda quedar el vehículo detenido de forma que impida u obstruya la circulación transversal.

    Infringir las disposiciones de la Ley en materia de prioridad de paso se consideran infracciones graves, cuando no sean constitutivas de delito.

  • Cuando estás al mando de la bicicleta, circulando sobre ella, y manejando por tanto el mecanismo de dirección del vehículo, eres persona conductora (ciclista). En el momento que conduces a pie el ciclo, empujándolo, te conviertes de inmediato en peatón.

TODAS LAS PREGUNTAS

Preguntas frecuentes Geobizkaia

  • Cada conjunto de datos tiene unos metadatos que aportan información importante para utilizar los datos, entre ellos el contacto del responsable de los datos, al que podrá dirigir sus dudas.

  • Para el acceso a los datos geográficos, normalmente es necesario utilizar herramientas especialidades, llamadas sistemas de información geográfica. A través de estas herramientas, es posible acceder a los datos principalmente de dos formas: conectándose a los datos a través de servicios OGC o descargándose los datos.

  • Puede descargar y conectarse a los datos sin ningún coste por parte de la DFB. Esto no incluye el acceso a internet o el uso de herramientas, donde terceros podrán repercutirle un coste sus servicios.

TODAS LAS PREGUNTAS

Preguntas frecuentes Servicios sociales

TODAS LAS PREGUNTAS

Preguntas frecuentes Contratación pública

TODAS LAS PREGUNTAS

Preguntas frecuentes Cultura

  • Las fotos de las actividades realizadas en el Udaleku se podrán ver en esta misma página web en el apartado “Instalaciones”:

    • Selecciona la instalación
    • Selecciona el icono imagen de la cámara fotográfica del “Diario de estancias”
    • Selecciona el turno correspondiente.
  • Llamando al teléfono 946 083 360 (en horario de atención al público) para avisar de manera urgente que no puede o quizás no pueda ir al udaleku.

    Accediendo a su expediente en sede electrónica.En “Otras posibles actuaciones electrónicas”seleccione “Aportar documentación”Seleccione “Aportar documentación”. Explicar la situación.

    Cuando sea definitivo que no vaya a acudir, además de explicar la situación,se realizará la “Renuncia”en “Otras posibles actuaciones electrónicas” para que la plaza pueda estar disponible para otra persona.

  • Es un sorteo público que se realiza ante notario. Mediante este sorteo se asigna el orden para adjudicar, las plazas disponibles.Se usa un programa informático que adjudica las plazas siguiendo el orden del resultado del sorteo.

TODAS LAS PREGUNTAS

Preguntas frecuentes Catálogo de servicios

  • Para acceder al Catálogo es necesario alguno de los siguientes navegadores gratuitos:

    • Internet Explorer, versión 11 o superior.
    • Mozilla Firefox, versión 60 o superior.
    • Google Chrome, versión 66 o superior.
    • Microsoft Edge
    • Safari, versión 11 o superior

    Cualquier visualizador de archivos pdf (Adobe Reader versión XI, Foxit Reader, Free PDF Opener, Nitro PDF Reader, ...). Para las últimas versiones de Google Chrome y Mozilla Firefox no es necesario instalarlo dado que ya llevan un visualizador de PDFs integrado.

    Otras configuraciones derivadas del uso de certificados electrónicos.

    Además, en el caso de las ayudas/subvenciones que te derivan a Sede Electrónica, se requiere el uso de los sistemas de firma electrónica admitidos por la Diputación Foral de Bizkaia.

  • Actualmente las fichas de las ayudas/subvenciones/servicios seleccionadas se pueden descargar de manera individual en formato PDF. A partir de la fecha 13/12/2018 será posible descargarse el Catálogo completo en formato PDF.

  • Sí. El registro electrónico emitirá automáticamente un resguardo electrónico acreditativo del inicio del trámite. En dicho resguardo encontrará la siguiente información: número o código de registro de entrada y la fecha y hora de presentación, identidad de la persona remitente, procedimiento al que se refiere en su caso, denominación del asunto, la reproducción literal de los datos introducidos en el formulario de presentación y el código de verificación electrónica asignado al mismo, que permitirá acceder a la consulta, visualización e impresión de la copia electrónica del mismo.

TODAS LAS PREGUNTAS