Pensión no contributiva de incapacidad (PNC incapacidad)

¿Qué es?

Una ayuda económica para personas que no tienen recursos suficientes y que:

  • No han cotizado nunca.
  • O no han cotizado el tiempo suficiente para tener una pensión contributiva.

Requisitos

  • Tener entre 18 y 65 años.
  • Residir legalmente en territorio español y haberlo hecho durante 5 años, 2 de ellos inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud.
  • Tener una discapacidad igual o superior al 65%.
  • No tener ingresos o rentas suficientes.
    Información extra sobre los ingresos

Complementos

Cobrar la prestación no contributiva de incapacidad implica que puedes tener derecho a alguno de los siguientes complementos:

Complemento del 50% en la pensión no contributiva de incapacidad.

Requisitos:

  • Tener una enfermedad crónica o una discapacidad igual o superior al 75%.
  • Tener algún grado de dependencia reconocido (grado I, II o III).

Este complemento de pensión se cobra anualmente y en un único pago.

Cuantía: 525,00 €.

Requisitos:

  • No tener una vivienda en propiedad.
  • Ser titular de un contrato de alquiler de vivienda donde tengas tu residencia habitual.
  • No ser cónyuge o pareja, o tener una relación de parentesco hasta tercer grado con la persona propietaria de la vivienda.

En el caso de unidades familiares en las que conviven varias personas que cobran pensiones no contributivas, sólo podrá percibir este complemento la titular del contrato de alquiler o, de ser varias, la primera de ellas.

Por cobrar esta PNC, la asistencia médica y la compra de medicamentos está incluida en el régimen general de la Seguridad Social.

Solicitud

¿Dónde presentar la solicitud?

  • Sede Electrónica

    Sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia

  • Oficinas de Registro y Atención Ciudadana

    Oficinas de registro y atención ciudadana de la Diputación Foral de Bizkaia, preferentemente con cita previa (pedir cita o 94 468 000).

  • Otros

    Otros lugares previstos en la Ley 39/2015. (Subdelegación de Gobierno Estatal en Bizkaia, Gobierno Vasco, Ayuntamientos, Oficinas de Correos…) Dirigiendo la solicitud al Departamento de Acción Social, Ugaskobidea 3-bis, 48014-Bilbao.

Límites de rentas e ingresos

Puedes cobrar una pensión no contributiva cuando:

  • Tus ingresos propios anuales son inferiores a 8.803,20 € para 2026, si vives solo o sola.
  • Si formas parte de una unidad económica de convivencia
    Límites de rentas e ingresos
    cuando la suma de las rentas e ingresos de todas las personas de la unidad no superen los siguientes límites:
  1. Sin convivientes en primer grado

    Número de convivientes de la unidad económica

    Límite de acumulación de recursos de la unidad económica

  2. Con convivientes en primer grado

    Número de convivientes de la unidad económica

    Límite de acumulación de recursos de la unidad económica

Cuantía de la pensión

Si vives solo o sola

  • La cuantía de la pensión se cobra en 12 pagas ordinarias y 2 extraordinarias de junio y noviembre (628,80 € mensuales para el año 2026).
  • Si tus ingresos superan el importe anual de la pensión (8.803,20 € para el año 2026), no tienes derecho a la pensión.
  • Si tienes rentas o ingresos propios, siempre que no superen el límite anterior, tendrás derecho a la pensión, en su cuantía íntegra o parcial, en función de tu caso concreto.

Si formas parte de una unidad económica de convivencia

  • Si los ingresos o rentas anuales de la unidad económica de convivencia superan los límites de las tablas arriba indicadas, no tienes derecho a pensión.
  • Si los ingresos de la unidad económica no superan los límites de las tablas arriba indicadas, tendrás derecho a la pensión en su cuantía íntegra o parcial, en función de tu caso concreto.
  • Si en una misma unidad económica hay más de una persona beneficiaria con derecho a pensión, la cuantía individual de cada una de las pensiones se reduce conforme al número de solicitantes.

Obligaciones

  1. Comunicar en el plazo máximo de 30 días desde la fecha en que se produzca:
    • Cualquier variación de su situación de convivencia, estado civil, residencia, recursos propios o ajenos.
    • Cualquier cambio que pueda determinar seguir cobrando la pensión o cobrar un importe distinto.
  2. Presentar en el primer trimestre de cada año una declaración de los ingresos de la unidad económica, referida al año inmediatamente anterior, conforme al impreso que se remite por correo.
    • Si no presentas la declaración antes del 14 de marzo, te enviaremos un requerimiento avisándote de que, si no la presentas en el plazo de 10 días hábiles, se suspende el abono de la pensión.

¿Dónde presentar la declaración?

  • Sede Electrónica

    Sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia

  • Oficinas de Registro y Atención Ciudadana

    Oficinas de registro y atención ciudadana de la Diputación Foral de Bizkaia, preferentemente con cita previa (pedir cita o 94 468 000).

  • Otros

    Otros lugares previstos en la Ley 39/2015. (Subdelegación de Gobierno Estatal en Bizkaia, Gobierno Vasco, Ayuntamientos, Oficinas de Correos…) Dirigiendo la solicitud al Departamento de Acción Social, Ugaskobidea 3-bis, 48014-Bilbao.

Incompatible

Esta pensión es incompatible con:

  • Subsidios de garantía de ingresos mínimos y por ayuda de tercera persona.
    Información extra sobre incopatibilidad
  • Asignación económica de protección a la familia por hijas o hijos con discapacidad.
  • Cualquier otra pensión de igual o superior cuantía otorgada por cualquier organismo público (INSS, MUFACE, Clases pasivas).

Puedes solicitar la pensión no contributiva, siempre que renuncies a la prestación con la que es incompatible.

Preguntas frecuentes

Sí, si empiezas a trabajar cuando ya estás cobrando la PNC y dependiendo de los ingresos que tengas.