Otras cuestiones de interés

¿Dónde informarse?

  • Servicio Social de Base del municipio de empadronamiento.
  • Servicio para la Inclusión :
    • Sección de Valoración y Orientación.
    • Sección de Intervención Social
    • (Alameda Urquijo, 4 - 48008 - BILBAO)
  • Teléfono de atención a la persona usuaria: 900 220 002
  • Página WEB: www.ebizkaia.eus

¿Cuánto dura el proceso? (Artículos 19 y siguientes, Decreto Foral 59/2019)

El plazo máximo para hacer la valoración será de tres meses.

No se computará el periodo de tiempo durante el cual el expediente se encuentre paralizado por causa imputable a la persona solicitante.

¿Cuáles son los recursos y prestaciones de secundaria a los que se puede optar?

La acreditación de la categoría diagnóstica de exclusión social a riesgo de la misma será requisito de necesidad para el acceso a los Servicios y Prestaciones que en todo caso deberán estar determinados en el Plan de Atención Personalizada (PAP), que recogerá las modalidades de intervención más adecuadas para el mantenimiento o la mejora de su calidad de vida de la persona y cumplir los requisitos específicos de cada servicio y/o prestación.

Normativa autonómica:

  • Decreto 385/2013, de 16 de julio, por el que se aprueba el Instrumento de Valoración de la Exclusión Social.
  • Decreto 353/2013, de 28 de mayo, de Ficha Social del Sistema Vasco de Servicios Sociales y del instrumento de diagnóstico social del Sistema Vasco de Servicios Sociales.
  • Ley 12/2008, de 5 de diciembre, de Servicios Sociales.

Normativa foral:

  • Orden Foral de la diputada foral de Acción Social 12671/2014, de 6 de marzo, por la que se crea y regula la comisión técnica asesora del servicio para la inclusión social de la Diputación Foral de Bizkaia.
  • Decreto Foral 59/2019, de 21 de mayo, de la Diputación Foral de Bizkaia por el que se regula el procedimiento de intervención especializado en materia de inclusión social.

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