Fomento de iniciativas emprendedoras 2023

Objetivo

Fomentar el autoempleo y la creación de empresas y apoyar la continuidad de las empresas adjudicatarias de los Decretos de autoempleo de los años 2022 y 2023.

Medidas

  1. Asesoramiento para la creación y puesta en marcha de proyectos empresariales.
  2. Ayudas a la puesta en marcha y creación de empresas.
  3. Ayudas a la transmisión empresarial.
  4. Consolidación empresarial

Personas y entidades beneficiarias

  1. Medida 1: Centros de Empleo y Desarrollo local de carácter municipal. Fundaciones, Asociaciones, otras entidades sin ánimo de lucro y las universidades de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
  2. Medida 2: Personas desempleadas, personas en mejora de empleo (cuando el contrato de trabajo no supere el 40% de la jornada laboral establecida en convenio) y personas afectadas por un ERTE o un ERE, o que hayan realizado prácticas no laborales, que hayan puesto en marcha empresas como resultado de la medida I de formación y asesoramiento, con domicilio social y fiscal en Bizkaia.
  3. Medida 3: Será beneficiaria de la ayuda la entidad que adquiera el negocio: entendiendo por tal la empresa, cualquiera que sea su forma jurídica, incluidos los empresarios y empresarias individuales, así como comunidades de bienes y sociedades civiles del Territorio Histórico de Bizkaia.
  4. Medida 4: Entidades adjudicatarias de subvención con cargo a los Decreto Forales 77/2021 y 34/2022 que realicen las siguientes acciones; planes de comunicación o marketing, actuaciones de digitalización, gastos de formación y gastos de contratación de servicios de asistencia técnica, con el objeto de apoyar la continuación y consolidación de las entidades mencionadas.

Normativa Reguladora

Documentos

Plazo de presentación de solicitudes

  1. Para las solicitudes del título I sección 1.ª «Asesoramiento para la creación y puesta en marcha de proyectos empresariales» se iniciará el 9 de enero de 2023 a las 9:00 y finalizará el 27 de enero de 2023 a las 13:30 horas.
  2. Para las solicitudes del título I sección 2.ª «Ayudas a la puesta en marcha y creación de empresas», el plazo de presentación de solicitudes de la segunda convocatoria se iniciará el 19 de junio de 2023 a las 9:00 y finalizará el 28 de julio de 2023 a las 13:30 horas.
  3. Para las solicitudes del título I sección 3.ª «Transmisión empresarial» se iniciará el iniciará el 13 de marzo de 2023 a las 8:30 y finalizará el 28 de julio de 2023 a las 13:30 horas.
  4. Para las solicitudes del título II «Consolidación empresarial», se iniciará el 13 de marzo de 2023 a las 9:00 y finalizará el 28 de julio de 2023 a las 13:30 horas.

Para más información:

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