Registro Foral de servicios sociales

¿Qué es el Registro Foral de Servicios Sociales?

Un instrumento público de conocimiento, planificación, ordenación y publicidad.

  • Proporciona un conocimiento exacto de las entidades, servicios y centros que actúan en el Territorio Histórico de Bizkaia en el ámbito de los servicios sociales.
  • Aporta una información indispensable para la planificación y ordenación racional de recursos en materia de servicios sociales.
  • Ofrece información a la ciudadanía sobre los servicios sociales que actúan en el Territorio Histórico de Bizkaia.

¿Quién debe inscribirse en el Registro?

Todas las entidades, servicios y centros, de titularidad pública o privada, que actúan en el Territorio Histórico de Bizkaia, y que ofrecen prestaciones de servicios sociales.

¿Qué actos deben inscribirse?

Son objeto de asiento en el registro los siguientes actos:

  • Los servicios y centros de naturaleza pública y privada, así como las entidades de las que dependan.
  • Las entidades de servicios sociales que no sean titulares de servicios ni centros y realicen actividades orientadas exclusivamente a la prestación de información con carácter general y/o al apoyo mutuo de sus integrantes.
  • Las autorizaciones y/o comunicaciones relativas a la creación, modificación, cambio de titularidad, traslado, cierre de los centros y cese de los servicios y centros de servicios sociales.
  • Las homologaciones.
  • Los conciertos y convenios.
  • Las subvenciones y ayudas que perciban de cualquier entidad pública o privada.
  • Las sanciones firmes y medidas cautelares impuestas.

Actualización de los datos del Registro

Toda entidad debe notificar en el plazo de un mes cualquier variación que se produzca en los datos que afecten a la propia entidad y a sus centros y servicios.

Proceso extraordinario de actualización del Registro Foral de Servicios Sociales de Bizkaia 2022

¿Qué efectos tiene la inscripción?

El asiento registral produce el efecto de la publicidad de los datos consignados pero no tendrá efectos constitutivos ni de autorización.

La inscripción en el Registro es requisito necesario para:

  • Suscribir convenios (salvo que expresamente se exceptúe este requisito) o conciertos.
  • Obtener subvenciones o ayudas  de la Diputación Foral de Bizkaia.
  • Obtener la homologación de la Diputación Foral de Bizkaia.
  • Acceder al régimen de subvenciones y ayudas del resto de las Administraciones Públicas Vascas.

Normativa, tramitación y documentos a aportar

Enlace a sede electrónica

Atención a consultas

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