Área 1 - Desarrollo de proyectos empresariales innovadores

PROGRAMA CREACIÓN DE EMPRESAS INNOVADORAS 2026

¿QUÉ SE SUBVENCIONA?

El desarrollo y definición del proyecto de creación de la nueva empresa innovadora o de la nueva unidad de negocio en los proyectos innovadores de intraemprendimiento.

Se consideran empresas innovadoras aquellas que incorporan elementos novedosos en productos, procesos o servicios en el mercado de Bizkaia, con gran potencial de generación de riqueza, que aporten valor añadido, tengan expectativas de viabilidad y favorezcan los objetivos de este decreto.

Se considerarán los siguientes gastos subvencionables:

Gastos externos: estudios de viabilidad, de mercado, de comunicación y estudios de marketing, así como informes técnicos; desarrollo del concepto, características y funcionalidades básicas del producto o servicio; asesoramiento externo para el desarrollo del proyecto; protección de la propiedad intelectual o industrial, registros, certificaciones y homologaciones y viajes y asistencia a ferias para el desarrollo del proyecto. En el caso de nuevas empresas innovadoras, arrendamiento de un local de negocio en Bizkaia.

Los gastos deberán realizarse entre el 01/01/2025 y el 31/12/2027 y estar efectivamente pagados a fecha 31/01/2028.

¿PARA QUIÉN?

Podrán acceder a la subvención de los gastos del área 1 (desarrollo de proyectos empresariales innovadores):

  • Personas físicas de Bizkaia promotoras de nuevas empresas innovadoras.
  • Nuevas empresas innovadoras de Bizkaia, sin alta en IAE o con primera fecha de alta igual o posterior al 1 de enero de 2024.
  • Empresas existentes de Bizkaia, con al menos 5 puestos de trabajo a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, promotoras de nuevas empresas innovadoras.
  • Empresas existentes de Bizkaia, con al menos 5 puestos de trabajo a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, promotoras de nuevas unidades de negocio, resultado de proyectos innovadores de intraemprendimiento.
  • Agentes Científico-Tecnológicos integrados en la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación, acreditados según el Decreto 109/2015 o normativa vigente. Deben ser promotores de nuevas empresas innovadoras y pertenecer a alguna de las siguientes categorías: Centros de Investigación Básica y de Excelencia, Centros Tecnológicos Multifocalizados, Centros Tecnológicos Sectoriales o Centros de Investigación Cooperativa (CIC).

SOLICITUDES 2026

  1. 1ª convocatoria: desde las 08:30 del 2 de febrero hasta las 13:30 horas del 27 de febrero de 2026.
  2. 2ª convocatoria: desde las 08:30 del 13 de julio hasta las 13:30 horas del 11 de septiembre de 2026.

    A través de la Oficina Virtual del Departamento de Promoción Económica (https://www.bizkaia.eus/Sustapena-OficinaVirtual). Para ello deberá disponer de firma electrónica (Izenpe, DNI electrónico, FEA), acceder a través de certificado electrónico B@kQ que podrá ser solicitado en nuestras oficinas de Obispo Orueta, 6.

DOCUMENTOS 2026

Otros documentos 2026

PROGRAMA CREACIÓN DE EMPRESAS INNOVADORAS 2025 (Área 1: Desarrollo de proyectos empresariales innovadores):

La fecha límite para la presentación de la documentación relativa a los gastos realizados y suscorrespondientes facturas y justificantes de pago: el 31 de enero de 2027.

Otros documentos 2025

Resultados 2025

Para más información:

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