Polígonos Industriales. Área 2: Inversiones en Polígonos Industriales.

¿QUÉ SE SUBVENCIONA?

Realización de inversiones previstas en el Plan de Actuación del polígono industrial, acordado entre la agrupación de empresas del polígono y la Entidad Local en el que se encuentre ubicado:

  • Inversión en obras de mejora o adecuación de espacios y de los servicios básicos (agua, basura, iluminación, viabilidad, etc.)
  • Inversión en servicios de valor añadido para el polígono (conectividad, seguridad, señalética, guardería, etc.)
  • Inversión en eficiencia energética, mejora ambiental, energías renovables, movilidad y accesibilidad

El importe de la subvención será de un 60% del gasto subvencionable aprobado para las entidades locales y de un 70% para las agrupaciones de propietarias y propietarios, y/o arrendatarias y arrendatarios. El importe total de la subvención no podrá ser superior a 90.000 euros por entidad beneficiaria.

En el supuesto de que la entidad beneficiaria esté radicada en Enkarterri, Meatzaldea, Ezkerraldea, Aiaraldea , Debabarrena, o Busturialdea la subvención será un 70% del gasto subvencionable aprobado para las entidades locales y un 80% para las agrupaciones de propietarias y propietarios, y/o arrendatarias y arrendatarios. En este caso, el importe total de la subvención no podrá ser superior a 100.000 euros por entidad beneficiaria.

¿PARA QUIÉN?

  • Entidades Locales del Territorio Histórico de Bizkaia.
  • Agrupaciones de propietarias y propietarios, y/o arrendatarias y arrendatarios en polígonos industriales ubicados en el Territorio Histórico de Bizkaia, independientemente de su denominación (comunidad de propietarias y propietarios, asociación de propietarias y propietarios, entidad de conservación y mantenimiento, etc.)
  • Serán asímismo beneficiarias aquellas agrupaciones representativas de un área de ámbito inferior al polígono industrial surgida como consecuencia de un desarrollo gradual y progresivo del mismo.

Para poder acceder a esta subvención las entidades anteriores deberán contar con un Plan de Actuación para la gestión, conservación y mejora del polígono industrial, ratificado tanto por la entidad local como por la agrupación, así como con un Acuerdo de Colaboración.

Además, en el caso de las agrupaciones deberán estar legalmente constituidas, su función principal debe ser la realización de actividades tendentes a la gestión, conservación y mejora del polígono, pertenecer a un polígono industrial ubicado en Bizkaia, en el que sea de propiedad privada más del 50% de la superficie total del polígono o más del 50% de la superficie construida, y tener asociadas a un mínimo de 10 empresas ubicadas en dicho polígono industrial

SOLICITUDES

  • Plazo de presentación de solicitudes: desde las 8:30 horas del 17 de junio de 2026 hasta las 13:30 horas del 3 de julio de 2026.
  • Presentación a través de la Oficina Virtual del Departamento de Promoción Económica. Para ello deberá disponer de firma electrónica (Izenpe, DNI electrónico, etc.) o acceder a través del certificado electrónico B@kQ que podrá ser solicitado en nuestras oficinas de Obispo Orueta, 6.

DOCUMENTOS

Otros documentos:

JUSTIFICACIONES 2025

  • Plazo de ejecución: Las inversiones subvencionadas deberán iniciarse y finalizarse entre el 1 de diciembre de 2024 y el 30 de septiembre de 2026.
  • Último día para presentar la justificación: 31 de octubre de 2026.
  • Presentación a través de la Oficina Virtual del Departamento de Promoción Económica. Para ello deberá disponer de firma electrónica (Izenpe, DNI electrónico, etc.) o acceder a través del certificado electrónico B@kQ que podrá obtenerse en nuestras oficinas de Obispo Orueta, 6.

DOCUMENTOS 2025

Otros documentos para la justificación 2025:

Memoria de justificación del cumplimiento y mantenimiento de requisitos y obligaciones de las beneficiarias de subvenciones

Para más información:

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