Polígonos Industriales. Área 2: Inversiones en Polígonos Industriales.

¿QUÉ SE SUBVENCIONA?

Realización de inversiones previstas en el Plan de Actuación del polígono industrial, acordado entre la agrupación de empresas del polígono y la Entidad Local en el que se encuentre ubicado:

  • Inversión en obras de mejora o adecuación de espacios y de los servicios básicos (agua, basura, iluminación, viabilidad, etc.)
  • Inversión en servicios de valor añadido para el polígono (conectividad, seguridad, señalética, guardería, etc.)
  • Inversión en eficiencia energética, mejora ambiental, energías renovables, movilidad y accesibilidad

El importe de la subvención será de un 60% del gasto subvencionable aprobado para las entidades locales y de un 70% para las agrupaciones de propietarios y propietarias, y/o arrendatarios y arrendatarias. El importe total de la subvención no podrá ser superior a 90.000 euros por entidad beneficiaria.

En el supuesto de que la entidad beneficiaria esté radicada en  Enkarterri, Meatzaldea, Ezkerraldea, Aiaraldea (Arakaldo, Arrankudiaga, Urduña-Orduña eta Orozko), Debabarrena (Ermua eta Mallabia) o Busturialdea la subvención será un 70% del gasto subvencionable aprobado para las entidades locales y un 80% para las agrupaciones de propietarios y propietarias, y/o arrendatarios y arrendatarias. En este caso, el importe total de la subvención no podrá ser superior a 100.000 euros por entidad beneficiaria.

¿PARA QUIÉN?

  • Agrupaciones de propietarios y propietarias, y/o arrendatarios y arrendatarias en polígonos industriales ubicados en el Territorio Histórico de Bizkaia, independientemente de su denominación (comunidad de propietarios y propietarias, asociación de propietarios y propietarias, entidad de conservación y mantenimiento, etc.)
    • Serán asímismo beneficiarias aquellas agrupaciones representativas de un área de ámbito inferior al polígono industrial surgida como consecuencia de un desarrollo gradual y progresivo del mismo.
    • Para tener derecho a ésta subvención las agrupaciones deben: pertenecer a un polígono industrial ubicado en Bizkaia, en el que sea de propiedad privada más del 50% de la superficie total del polígono o más del 50% de la superficie construida total; estar legalmente constituidas y tener asociadas a más del 50% de empresas ubicadas en el polígono o a más del 50% del conjunto de la propiedad de la superficie total del polígono industrial; que su función principal sea la realización de actividades tendentes a la gestión, conservación y mejora del polígono industrial; disponer un acuerdo de colaboración en lo que se refiere a la gestión, conservación y mejora del polígono industrial, con la Entidad Local en la que se encuentre ubicado el polígono.
  • Entidades Locales del Territorio Histórico de Bizkaia.

SUBVENCIONES PARA POLÍGONOS INDUSTRIALES 2025

JUSTIFICACIONES

  • Plazo de ejecución: Las inversiones subvencionadas deberán iniciarse y finalizarse entre el 1 de diciembre de 2024 y el 30 de septiembre de 2026.
  • Último día para presentar la justificación: 31 de octubre de 2026.
  • Presentación a través de la Oficina Virtual del Departamento de Promoción Económica. Para ello deberá disponer de firma electrónica (Izenpe, DNI electrónico, etc.) o acceder a través del certificado electrónico B@kQ que podrá obtenerse en nuestras oficinas de Obispo Orueta, 6.

DOCUMENTOS:

Otros documentos:

Para más información:

Para visualizar estos ficheros necesita el programa gratuito Adobe Reader