Declaración informativa sobre pagos transfronterizos

Modelo 379

Normativa aplicable

  • La Directiva (UE) 2020/284 del Consejo, de 18 de febrero de 2020, por la que se modifica la Directiva 2006/112/CE en lo que respecta a la introducción de determinados requisitos para los proveedores de servicios de pago, ha diseñado un sistema sencillo que va a imponer a los proveedores de servicios de pago la obligación de mantener registros suficientemente detallados de los pagos transfronterizos realizados en los que intervengan y a suministrar esta información a la Administración tributaria.
  • El 9 de mayo de 2023, se publicó en el «BOE» la Ley 11/2023, de 8 de mayo, de trasposición de Directivas de la Unión Europea en materia de accesibilidad de determinados productos y servicios, migración de personas altamente cualificadas, tributaria y digitalización de actuaciones notariales y registrales; y por la que se modifica la Ley 12/2011, de 27 de mayo, sobre responsabilidad civil por daños nucleares o producidos por materiales radiactivos.

    El 25 de mayo de 2023 se publica la Ley 13/2023, de 24 de mayo, por la que se modifican la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en transposición de la Directiva (UE) 2021/514 del Consejo de 22 de marzo de 2021, por la que se modifica la Directiva 2011/16/UE relativa a la cooperación administrativa en el ámbito de la fiscalidad, y otras normas tributarias.

    En dichas leyes, entre otros aspectos que afectan a otros tributos, se introducen varias modificaciones en la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido.

  • En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 26 del Concierto Económico en lo que respecta al Impuesto sobre el Valor Añadido, se introducen en la normativa del Territorio Histórico de Bizkaia las modificaciones aludidas mediante el Decreto Foral Normativo 3/2023, de 26 de julio, por el que se adecúan las disposiciones de la NORMA FORAL 7/1994, de 9 de noviembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, a las disposiciones de obligado cumplimiento contenidas en la Ley 11/2023, de 8 de mayo, y en la Ley 13/2023, de 24 de mayo, en relación con el Impuesto sobre el Valor Añadido.
  • REAL DECRETO 1.624/1992, de 29 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido.
  • ORDEN FORAL 118/2024, de 19 de marzo, de la diputada foral de Hacienda y Finanzas, por la que se aprueba el modelo 379 de «Declaración informativa sobre pagos transfronterizos», y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación.

Plazo de presentación

El modelo 379 tendrá una periodicidad trimestral y deberá presentarse, respecto de los pagos transfronterizos realizados en cada trimestre natural, durante los veinticinco primeros días naturales siguientes a la finalización de cada trimestre, excepto la presentación que deba realizarse en el mes de enero, que se extenderá hasta el día 31 de dicho mes.

Otra información de interés

Modelo 379 presentación mediante servicio web