Operaciones de reestructuración empresarial: Modelo 20r

¿Qué es el modelo 20R?

El modelo 20R es una comunicación a efectos de la aplicación del régimen fiscal especial de fusiones, escisiones, aportaciones de activos, canje de valores, cesiones globales del activo y del pasivo y cambio de domicilio social de una sociedad europea o una sociedad cooperativa europea de un Estado miembro a otro de la Unión Europea.

¿Quiénes están obligados a presentar el modelo 20R?

Deberán presentar el modelo 20R las siguientes entidades que se acojan al régimen especial de fusiones, escisiones, aportaciones de activos, canje de valores y cesiones globales del activo y del pasivo y cambio de domicilio social de una sociedad europea o una sociedad cooperativa europea de un Estado miembro a otro de la Unión Europea:

  • En el caso de operaciones de fusión o escisión, el modelo 20R deberá ser presentado por la entidad o entidades adquirentes.

    Tratándose de operaciones de fusión o escisión en las cuales ni la entidad transmitente ni la entidad adquirente tengan su residencia fiscal en España y en las que no sea de aplicación el régimen establecido en el artículo 102 de la Norma Foral 11/2013, de 5 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades, por no disponer la transmitente de un establecimiento permanente situado en España, la opción por la aplicación del régimen especial y la obligación de presentar el modelo 20R corresponderán al socio residente afectado.

  • En el caso de operaciones de aportación no dineraria y en las cesiones globales del activo y del pasivo, el modelo 20R deberá ser presentado por la entidad o entidades adquirentes.

    Si éstas no tuviesen su residencia fiscal en España, ni actuasen en este país por medio de un establecimiento permanente, la obligación de presentar el modelo 20R recaerá sobre la persona o entidad transmitente.

  • En las operaciones de canje de valores, el modelo 20R se presentará por la entidad adquirente.

    Cuando ni la entidad adquirente de los valores ni la entidad participada cuyos valores se canjean sean residentes en España, la presentación del modelo 20R corresponderá al socio residente afectado.

  • En las operaciones de cambio de domicilio social la presentación del modelo 20R se efectuará por la propia sociedad.

    En el caso de que en una escritura pública se engloben diferentes operaciones, con un único adquirente, éste deberá realizar una comunicación por cada tipo de operación. Asimismo, en caso de varios adquirentes, cada uno de ellos deberá realizar una comunicación para cada operación.

¿Cuál es la forma de presentación del modelo 20R?

El modelo 20R se presentará obligatoriamente de forma telemática, a través de Internet.

¿Cuándo debo presentar el modelo 20R?

La presentación del modelo 20R deberá efectuarse dentro del plazo de los tres meses siguientes a la fecha de inscripción de la escritura pública en que se documente la operación. 

Si la inscripción no fuera necesaria, el plazo se computará desde la fecha en que se otorgue la escritura pública que documente la operación y en la cual, conforme al artículo 114 de la Norma Foral 11/2013, de 5 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades, ha de constar necesariamente el ejercicio de la opción. 

En las operaciones de cambio de domicilio social, la presentación deberá efectuarse dentro del plazo de los tres meses siguientes a la fecha de inscripción en el Registro del Estado miembro del nuevo domicilio social de la escritura pública o documento equivalente en que se documente la operación.

¿Quién tiene que utilizar el programa de ayuda del modelo 20R de la Diputación Foral de Bizkaia?

El programa de ayuda de la Hacienda Foral de Bizkaia puede ser utilizado por todas aquellas entidades que deban presentar la comunicación de la opción por el régimen especial ante la Diputación Foral de Bizkaia.

¿Qué documentación hay que presentar junto con el modelo 20R?

Al modelo 20R se acompañará, en su caso, la siguiente documentación:

  • En los supuestos de fusión o escisión, copia de la escritura pública de fusión o escisión inscrita en el Registro Mercantil, y de aquellos documentos que, según la normativa mercantil, deben obligatoriamente acompañar a la escritura para su inscripción en el Registro.

    Si la inscripción no fuera necesaria, copia de la escritura pública que documente la operación en la cual, conforme al artículo 114 de la Norma Foral 11/2013, de 5 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades, ha de constar necesariamente el ejercicio de la opción.

  • En los supuestos de aportación no dineraria y en las cesiones globales del activo y del pasivo, así como en el canje de valores, copia de la escritura pública de constitución o aumento de capital social, y de los documentos que, según la normativa mercantil, deben obligatoriamente acompañar a la misma.

    Si no fuese precisa escritura de constitución o aumento de capital social, copia de la escritura en que se documente la operación.

  • En el caso de que las operaciones anteriores se hubieran realizado mediante una oferta pública de adquisición de acciones, también deberá aportarse copia del correspondiente folleto informativo.

  • En las operaciones de cambio de domicilio social, copia de la escritura pública o documento equivalente en que se documente la operación y de aquellos otros documentos que deban obligatoriamente acompañar para su inscripción en el Registro del Estado miembro de destino. 

No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, no se requerirá la documentación a que se refiere el apartado anterior cuando la misma ya obre en poder de la Diputación Foral de Bizkaia, con motivo de la presentación de modelos censales, o de operaciones societarias del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.

A estos efectos, en el modelo se indicará expresamente la forma en la que dicha documentación ha sido presentada ante la Diputación Foral de Bizkaia (junto con el modelo 600 y/o junto con el modelo 036) y, en otro caso, la forma en la que se procede a su presentación (archivo telemático y/o registro de entrada o electrónico).

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