Adopción Nacional

Qué es

la adopción es una institución de derecho de familia mediante la cual una persona se integra plenamente en la vida de familia de otra persona o personas con los mismos efectos que produce la filiación biológica. la adopción produce la ruptura de los vínculos jurídicos del/la menor que tenía con su familia. por ello, las personas que adoptan a una persona menor tienen todas las obligaciones y derechos derivadas de la patria potestad.

Quién puede ser adoptado

  • las personas menores de 18 años que no estén emancipados.
  • las personas mayores de edad y menores emancipados que desde antes de los 14 años convivieran ininterrumpidamente con los adoptantes.
  • las personas menores desamparados a propuesta de la entidad pública de protección

Requisitos de los adoptantes:

(artículos 11 y 12 del decreto 114/2008, de 17 de junio).

  • las personas mayores de 25 años. en caso de una pareja basta que uno de los dos tenga dicha edad.
  • es necesario que exista una diferencia de edad mínima entre persona adoptante y persona adoptada de 14 años.
  • personas cuyas condiciones personales, familiares, sociales y medios de vida sean las idóneas para la adopción que pretenden.
  • es imprescindible disponer de certificado de idoneidad declarado por la junta de adopciones de la diputación foral de bizkaia para iniciar el acogimiento familiar previo a la adopción.
  • la diputación foral de bizkaia establece que la diferencia de edad entre adoptante y adoptado no superará los 44 años de edad.

Constitución de la adopción

  • la adopción se constituye siempre por sentencia judicial.
  • debe prestar su consentimiento la persona menor de más de 12 años y las personas adoptantes.
  • es irrevocable

Ofrecimiento para la adopción

las personas interesadas en adoptar a una persona menor de edad deberán:

  1. asistir a una charla informativa para la cual deberá de contactar con los siguientes teléfonos: 946082971, 946082968, 946083592, 944066278, o contactar con la siguiente dirección de correo electrónico:ume-infancia@bizkaia.eus
  2. asistir obligatoriamente a los cursos formativos organizados por el departamento de acción social.
  3. presentar su ofrecimiento conforme al modelo normalizado, con la documentación exigida.
  4. se integrarán en una lista de espera.
  5. solicitud de declaración de idoneidad, en la que se realiza una valoración psicosocial, para la obtención del certificado de idoneidad para la adopción.

Documentación exigida

las personas interesadas en adoptar deberán presentar su ofrecimiento para la adopción ante la diputación foral de bizkaia presentando la siguiente documentación:

  • certificado literal de nacimiento.
  • fotocopia compulsada del documento de identificación.
  • fotografía tipo carné.
  • fotocopia compulsada de todas las páginas del libro de familia, en su defecto, del certificado de fe de vida y estado.
  • en caso de pareja (matrimonio o unión de hecho), documento acreditativo de la convivencia continuada durante los dos años anteriores a la solicitud: fotocopia compulsada del libro de familia o de la inscripción en el registro de parejas de hecho (si están casadas o inscritas hace más de 2 años), o volante de empadronamiento donde conste la fecha de alta, o certificado de convivencia.
  • volante o volantes municipales de empadronamiento donde se indique todas las personas que residen en el domicilio, y que acredite la residencia habitual de las personas solicitantes en un municipio de bizkaia.
  • certificado literal de matrimonio, en caso de tratarse de personas casadas.
  • fotocopia compulsada de las declaraciones de del impuesto de renta de las personas físicas y del impuesto sobre el patrimonio de las personas solicitantes, referidas al último ejercicio fiscal declarado, o, en su caso, certificado de estar exentas de presentar declaración, emitido por la hacienda foral.
  • informe médico cumplimentado por el médico o médica de familia. debe acreditar el estado físico y psíquico y no padecer cualquier circunstancia que impida el cuidado de la persona menor de edad (se adjuntan impresos). en el supuesto de que convivan con otras personas, informe médico de cada una de éstas.
  • en el supuesto de que convivan con otras personas mayores de 18 años, certificado de antecedentes penales de cada una de éstas (el certificado de antecedentes penales de las personas solicitantes lo pedirá de oficio la diputación foral de bizkaia, tal y como se recoge en la cláusula de protección de datos del impreso de solicitud).
  • declaración jurada oficial.
  • en los casos de sucesivas uniones matrimoniales o de hecho, se deberá presentar fotocopia del o de los anteriores libros de familia para tener conocimiento de si existe descendencia de dichas uniones. en caso de que se hayan separado, divorciado o hayan enviudado, deberán presentar fotocopia de su libro de familia, así como, según los casos, fotocopia de la sentencia de separación o divorcio, o bien certificado de defunción.
  • fotocopia del documento acreditativo de asistencia al curso de formación para solicitantes de adopción.
  • cualquier otro documento que contribuya a valorar adecuadamente la idoneidad.

Legislación

regulación legal

Información

servicio de infancia

  • c/ugasko nº3-2º
  • 48014 bilbao
  • tlfno: 94-6083592 and 94-6082968

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