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Artículo 82. NF 13/2013 Renta. Deducción por discapacidad o dependencia.


  

Se modifica cuantia de la deducción.


Desde 01/01/22. Modificado por el DFN 5/2022

1. Por cada contribuyente que sea persona con dependencia o discapacidad, se aplicará la deducción que, en función del grado de dependencia o discapacidad y de la necesidad de ayuda de tercera persona conforme a lo que reglamentariamente se determine, se señala a continuación:

 
 
 
 
 
 
 
 

Grado de dependencia o discapacidad y necesidad de ayuda de tercera persona

 
 
 
 

Deducción (euros)

 
 
 
 
 
 
 
 

Igual o superior al 33% e inferior al 65% de discapacidad

 
 
 
 

849

 
 
 
 
 
 
 
 

Igual o superior al 65% de discapacidad. Dependencia moderada (Grado I)

 
 
 
 

1.212

 
 
 
 
 
 
 
 

Igual o superior al 75% de discapacidad y obtener entre 15 y 39 puntos de ayuda de tercera persona. Dependencia severa (Grado II)

 
 
 
 

1.453

 
 
 
 
 
 
 
 

Igual o superior al 75% de discapacidad y obtener 40 ó más puntos de ayuda de tercera persona. Gran dependencia (Grado III)

 
 
 
 

1.813

El grado de dependencia, discapacidad y los puntos a que se refiere el párrafo anterior se medirán conforme a lo establecido en el Anexo I del Real Decreto 1.971/1999, de 23 de diciembre y en el Real Decreto 174/2011, de 11 de febrero, por el que se aprueba el baremo de valoración de la situación de dependencia establecido por la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.

La misma deducción se aplicará por el cónyuge o pareja de hecho que sea persona con discapacidad o dependiente y que cumpla los requisitos establecidos en este apartado.

 

 

 

 
 
 

 

hasta 31/12/21.

1. Por cada contribuyente que sea persona con dependencia o discapacidad, se aplicará la deducción que, en función del grado de dependencia o discapacidad y de la necesidad de ayuda de tercera persona conforme a lo que reglamentariamente se determine, se señala a continuación:

 
 
 
 
 
 
 
 

Grado de dependencia o discapacidad y necesidad de ayuda de tercera persona 

 
 
 
 

Deducción (euros) 

 

 
 
 
 
 
 
 
 

Igual o superior al 33% e inferior al 65% de discapacidad 

 
 
 
 

816 

 

 
 
 
 
 
 
 
 

Igual o superior al 65% de discapacidad. Dependencia moderada (Grado I) 

 
 
 
 

1.165 

 

 
 
 
 
 
 
 
 

Igual o superior al 75% de discapacidad y obtener entre 15 y 39 puntos de ayuda de tercera persona. Dependencia severa (Grado II) 

 
 
 
 

1.397

 

 
 
 
 
 
 
 
 

Igual o superior al 75% de discapacidad y obtener 40 ó más puntos de ayuda de tercera persona. Gran dependencia (Grado III) 

 

 
 
 
 

1.743

 

El grado de dependencia, discapacidad y los puntos a que se refiere el párrafo anterior se medirán conforme a lo establecido en el Anexo I del Real Decreto 1.971/1999, de 23 de diciembre y en el Real Decreto 174/2011, de 11 de febrero, por el que se aprueba el baremo de valoración de la situación de dependencia establecido por la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.

La misma deducción se aplicará por el cónyuge o pareja de hecho que sea persona con discapacidad o dependiente y que cumpla los requisitos establecidos en este apartado.

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