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Consultas Nº Identificación: 900005834

Contribuyente que en mayo de 2013 se traslada a Bizkaia y por tanto es considerado contribuyente vizcaíno. Hasta dicha fecha residió y trabajó para una universidad pública en EEUU donde contribuyó a un plan de pensiones. Ahora siendo contribuyente vizcaíno cobra de ese plan. ¿Cómo debe tributar?


  

De acuerdo con el Convenio entre EEUU y España se determina que, el contribuyente tiene nacionalidad española, es residente español, y que el plan de pensiones no forma parte de la seguridad social estadounidense, así como que tampoco tiene la consideración de fondo de pensiones pública.

Por ello, las pensiones y otras remuneraciones similares derivadas de un plan de estas características obtenidas por un residente en Bizkaia solo se encuentran sujetas en este territorio, y no en EEUU.

Si por el contrario se estuviera ante un caso de una pensión de la Seguridad Social (o asimilada), la misma quedaría sujeta a gravamen tanto en EEUU como en Bizkaia y sería de aplicación la deducción por doble imposición internacional.

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