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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900005015

¿Qué bienes se recogen en el capítulo de bienes afectos o de inversión? ¿Se tiene que ser propietario de ellos ?


  

Hay que recoger todos los bienes afectos a la actividad. Tanto si son bienes de inversión como si no lo son a efectos de IVA.

Se recogerán todos independientemente de su titularidad: propiedad, alquiler, arrendamiento financiero, otros,…

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Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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