Consultas Nº Identificación: 900005976
No tendrá que devolver las cantidades deducidas puesto que el traslado de vivienda viene justificado por la celebración el matrimonio, y por el establecimiento de la vivienda familiar en el domicilio actual de la futura esposa. El artículo 67 del RIRPF incluye la celebración del matrimonio entre las circunstancias que eximen del plazo de residencia continuada durante al menos 3 años.
En cuanto a la exención por reinversión en el supuesto de transmisión de la vivienda de Cantabria, podría acogerse a ella cuando la edificación hubiera sido su vivienda habitual en ese momento (que no es el caso), de modo que resida en ella hasta entonces, o cuando haya tenido tal consideración hasta un plazo máximo de dos años anteriores a la fecha de la transmisión.