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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900005653

¿En qué supuestos se permite la modificación de la base imponible de IVA?


  
  • Devolución de envases y embalajes.
  • Descuentos y bonificados con posterioridad al momento en que la operación se haya efectuado.
  • Crédito total o parcialmente incobrable: cuando el crédito sea total o parcialmente incobrable , por cumplirse los requisitos establecidos en el artículo 80 Cuatro de la Norma Foral IVA (tiene que haber transcurrido un año o seis meses si el titular del derecho de crédito es un empresario o profesional cuyo volumen de operaciones en el año natural anterior no hubiese excedido de 6.010.121,04 euros y se debe haber instado el cobro del crédito mediante reclamación judicial al deudor o por medio de requerimiento notarial al mismo o cualquier otro medio que acredite fehacientemente la reclamación del cobro a este deudor).
  • Concurso de acreedores: cuando el destinatario de las operaciones sujetas al impuesto no haya hecho efectivo el pago de las cuotas repercutidas y siempre que, con posterioridad al devengo de la operación se dicte auto de declaración de concurso.

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Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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