Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900005610
Son modelos de presentación periódica mensual o trimestral los siguientes:
Se trata de un modelo de autoliquidación utilizado por los siguientes sujetos pasivos:
Es un modelo de autoliquidación que se utilizará por los sujetos pasivos que estén incluidos:
Es un modelo de autoliquidación presentado por los sujetos pasivos del IVA que formen parte de un grupo de entidades, de acuerdo con lo establecido en el art. 163 quinquies Uno de la Norma Foral 7/1994 del IVA, y hayan optado por aplicar el régimen especial de Grupo de Entidades.
Se trata de un modelo de autoliquidación presentado por quien tenga la consideración de entidad dominante del grupo de entidades según lo dispuesto en el artículo 163 quinquies Dos de la Norma Foral 7/1994 del IVA, y en él se incluirán los resultados de las autoliquidaciones individuales del período de liquidación respectivo de las entidades que integren el grupo y hayan optado por aplicar el régimen especial de Grupo de entidades.
Son modelos resúmenes de presentación anual:
El modelo 391 de autoliquidación final, se utilizará por aquellos sujetos pasivos que tributen en el régimen simplificado de IVA y, en su caso, en el régimen general por la actividad de arrendamiento de bienes inmuebles.
El modelo 140 es una declaración resumen anual del volumen de operaciones económicas que se utilizará por las personas físicas, y las entidades en régimen de atribución de rentas en el desarrollo de sus actividades.
Si el sujeto pasivo está obligado a presentar el modelo 140, quedará exonerado de la presentación del modelo 347
El resto de los modelos deben de presentarse si se está obligado a ello.
El modelo 140 se debe presentar obligatoriamente de forma telemática. Se podrá utilizar para ello IZENPE, FEA...
Son modelos no periódicos y por tanto solamente a presentar en aquellos periodos en los que se hayan realizado determinadas operaciones
El modelo 308 es un modelo de autoliquidación que se utiliza para solicitar devoluciones, en operaciones tales como:
El modelo 309 es un modelo de autoliquidación que se utiliza para realizar ingresos por aquellos sujetos pasivos que no estén obligados a presentar autoliquidaciones con habitualidad (particulares, sujetos pasivos acogidos al régimen de agricultura, ganadería y pesca, sujetos pasivos acogidos al recargo de equivalencia, sujetos pasivos que realicen solo operaciones sin derecho a deducción, …) por operaciones tales como adquisiciones intracomunitarias de medios de transporte nuevos, adquisiciones intracomunitarias en general, inversión del sujeto pasivo…)
El modelo 349 es una declaración- resumen anual de operaciones con sujetos pasivos de la UE.
Este es un modelo a utilizar por los sujetos pasivos que hayan realizado entregas o adquisiciones intracomunitarias de bienes, y prestaciones o adquisiciones intracomunitarias de servicios en los términos del artículo 79 del Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido.
No tienen obligación de presentar este modelo los sujetos pasivos que no tengan obligación de presentar autoliquidaciones periódicas.
Nota
Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.