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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900005608
Obligaciones censales
 
Están obligados a presentar la declaración censal, en general:
- Las personas o entidades establecidas en el territorio de aplicación del impuesto que tengan la consideración de empresarios o profesionales.
- Las personas o entidades no establecidas en el territorio de aplicación del impuesto cuando sean sujetos pasivos.
- Las personas jurídicas que no actúen como empresarios o profesionales cuyas adquisiciones intracomunitarias de bienes estén sujetas al IVA.
No están obligados:
Aquellas personas o entidades que realicen exclusivamente las siguientes operaciones:
- Arrendamientos de bienes inmuebles exentos del IVA.
- Entregas ocasionales de medios de transporte nuevos exentas del IVA por destinarse a otro Estado miembro.
- Adquisiciones intracomunitarias exentas del IVA por operación triangular.
Se utilizará el modelo 036 para comunicar a la Administración Tributaria situaciones con trascendencia tributaria, tales como comienzo en el ejercicio de actividades empresariales o profesionales, así como, comunicación de modificaciones y bajas.
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Nota
Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.
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