Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900005576
A efectos de este impuesto, las actividades empresariales o profesionales se considerarán iniciadas desde el momento en que se realice la adquisición de bienes o servicios con la intención, confirmada por elementos objetivos, de destinarlos al desarrollo de tales actividades.
Es por ello, que si se cumplen determinados requisitos, las cuotas soportadas o satisfechas antes del inicio de la realización habitual de las entregas de bienes o prestaciones de servicios serán deducibles.
Es necesario que el interesado pueda acreditar los elementos objetivos que confirmen que, en el momento en que efectuó la adquisición o importación de los bienes o servicios, tenía intención de destinarlos a la realización de actividades empresariales o profesionales, pudiendo serle exigida tal acreditación por la Administración Tributaria.
La acreditación en cuestión podrá ser efectuada por cualesquiera medios de prueba admitidos en derecho (presentación del modelo 036 “de carácter previo”, presentación de autorizaciones, permisos o licencias necesarias para el inicio de la actividad, justificación de que la naturaleza de los bienes y servicios adquiridos está en consonancia con el tipo de actividad que se tiene intención de desarrollar…).
El sujeto pasivo aplicará provisionalmente a las cuotas suportadas el porcentaje de deducción que proponga a la Administración Tributaría.
La solicitud de porcentaje provisional de deducción debe efectuarse al tiempo de presentar el modelo 036, no siendo necesaria dicha solicitud cuando todas las operaciones que se vayan a realizar generen el derecho a deducir la totalidad del IVA soportado.
Las deducciones provisionales se regularizan, en su caso, aplicando el porcentaje definitivo correspondiente a los cuatro primeros años naturales del ejercicio habitual de las entregas de bienes y prestaciones de servicios.
Deducción de las cuotas soportadas antes del inicio de la actividad
Nota
Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.