Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900005558
En el supuesto de un inmueble destinado a vivienda y a desarrollo de una actividad, la cuota soportada será deducible en la parte afectada a la actividad, siguiendo un criterio razonable de deducción (p.ej. en proporción a los metros cuadrados).
Nota
Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.