Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900005556
Existe una presunción legal de afectación al 50%, por tanto, podrá deducir las cuotas soportadas en ese porcentaje. Si quiere deducir un porcentaje diferente deberá probarlo ante la Administración Tributaria.
En cuanto a los gastos relacionados con el vehículo, podrá deducirlos en la misma proporción, es decir, en un 50%.
Nota
Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.