Instrucción de la Dirección Nº Identificación: 900004922
Respuesta válida aplicando la normativa vigente hasta: 31/12/2024
Para determinar la base de la retención sobre los rendimientos del capital inmobiliario, debe tenerse en cuenta no sólo el importe correspondiente al concepto de renta previsto en la Ley de Arrendamientos Urbanos, sino también las demás cantidades que sean repercutidas al arrendatario (por ejemplo, gastos de comunidad, IBI, etc.). En consecuencia, los ingresos íntegros del capital inmobiliario estarán conformados, de una parte, por el importe de la renta que perciba el arrendador y, de otra, por el resto de conceptos que cobre el titular del inmueble, para, posteriormente, si estos conceptos tienen la consideración de gastos deducibles, detraerlos de cara a determinar el rendimiento neto.
Instrucciones Dirección General Hacienda