Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900004387
El plazo es de 6(*) años desde la apertura.
El plazo será de 10 años en el caso de que el titular de la cuenta vivienda sea menor de 36 años; también podrán acogerse a este plazo aquellos que abrieron la cuenta con menos de 36 años y a 31 d diciembre de 2024 no hayan finalizado el plazo general de 6 años.
(*) Cuando el plazo finalice entre el 1 de enero de 2020 y el 31 de diciembre de 2021, el plazo para proceder a materializar las cantidades depositadas en la adquisición de vivienda habitual será de siete años.
Nota
Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.