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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900002789

¿Quién tiene que presentar el modelo 390?


  

Deberán presentar el modelo 390 en concepto de autoliquidación final los sujetos pasivos que estén obligados a presentar declaración exclusivamente en el régimen general, presentándose una única autoliquidación por parte del sujeto pasivo. Por el cuarto trimestre y por el mes de diciembre no será preciso presentar ninguna otra declaración, siendo suficiente con la cumplimentación de este modelo.

Deberán presentar el modelo 390 en concepto de declaración resumen anual:

  • Los sujetos pasivos acogidos al régimen especial del grupo de entidades presentando las autoliquidaciones correspondientes al mes de diciembre en los modelos 322 y 353.
  • Los sujetos pasivos inscritos en el Registro de Devolución Mensual presentando la autoliquidación correspondiente al mes de diciembre en el modelo 303.

El modelo 390 es el resumen anual del modelo 303 y del modelo 322, por lo que tendrán que presentarlo los obligados a presentar dichos modelos.

Por consiguiente se considerará autoliquidación final para:

  • Empresarios o profesionales con un volumen de operaciones el ejercicio anterior inferior a 6.010.121,04 €, que presentan el modelo 303 trimestral (salvo el 4º).
  • Empresarios o profesionales con un volumen de operaciones el ejercicio anterior superior a 6.010.121,04 €, que presentan el modelo 303 mensual (salvo Diciembre).

Y se considerará resumen informativo para:

  • Inscritos en el Registro de Devoluciones Mensuales que mensualmente (incluido Diciembre) presentan el modelo 303.
  • Entidades (dominante y dependientes) acogidas al Rég. Esp. de Grupo de Entidades y que mensualmente (incluido Diciembre) presentan el modelo 322.

¿Cuándo se puede presentar un modelo 390 complementario?

  • Cuando el 390 es autoliquidación final: Funciona como el resto de autoliquidaciones de IVA.
  • Cuando el 390 es resumen informativo (para los inscritos en el Registro de Devolución Mensual y para los acogidos al Régimen Especial de Grupo de Entidades): Se puede presentar en todo caso, consignando todos los datos correctos.

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Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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