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Matrimonio o Pareja de Hecho, en régimen económico de gananciales, ha comprado una lonja. Uno de ellos trabaja como autónomo dedicado a la fontanería y ha decidido utilizar dicha lonja como almacén en el ejercicio de su actividad. ¿Si determina el rendimiento neto en la modalidad normal de estimación directa debe aplicar el coeficiente de amortización sobre el 50% del bien al ser ese su porcentaje de titularidad?


  

Debe aplicar la amortización sobre el valor de adquisición de la totalidad del inmueble, y no sobre su porcentaje de titularidad, ya que la normativa determina que la consideración de elementos patrimoniales afectos lo será con independencia de que la titularidad de éstos resulte común a ambos cónyuges o a los miembros de la pareja de hecho.

Enlaces

Art. 26.3 NF 13/2013 de IRPF

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Amortización

Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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