Instrucción de la Dirección Nº Identificación: 900001652
Si se cobran en forma de capital, cuando no sea posible determinar exactamente el período de generación, por tener las pensiones carácter indefinido, se entenderá que estamos ante un rendimiento obtenido de forma notoriamente irregular en el tiempo, de conformidad con lo previsto en el artículo 14.1 e) del Reglamento del Impuesto.
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