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Ohiko galderak Identifikazio zenbakia: 900002203

A efectos de la notificación por comparecencia, ¿Cuantos intentos de notificación es necesario hacer si el deudor consta como desconocido?


  

Para poder proceder a la notificación por comparecencia cuando no sea posible efectuar la notificación al deudor o a su representante por causas no imputables a la Administración tributaria, serán necesarios dos intentos en el domicilio fiscal, o en el designado por el interesado, si se trata de un procedimiento iniciado a solicitud del mismo.

Sin embargo será suficiente un solo intento cuando el deudor conste como desconocido en dicho domicilio o lugar.

Loturak

Art. 110.1 NFT

Oharra

Galdera/Erantzun honek ez du ondore loteslerik Bizkaiko Foru Ogasunarentzat; informazio hutsa besterik ez da.

Itzuli