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Consultas Nº Identificación: 900009232

La consultante desea conocer la tributación aplicable a los intereses percibidos por la aportación al capital de una cooperativa de crédito que realizó su cónyuge fallecido y de los que es usufructuaria la consultante.


  
Fecha de consulta 10.06.2021
Solución

Estos intereses, obtenidos por la consultante (usufructuaria de los bienes y derechos de su cónyuge fallecido, el cual era socio de la cooperativa, según lo dispuesto en el testamento aportado en el escrito de consulta), como remuneración a las aportaciones efectuadas al capital social de las cooperativas, aun cuando desde el punto de vista del derecho sustantivo tienen naturaleza ambigua, reciben en términos generales un tratamiento en el ámbito del IS y del IRPF análogo al que se otorga a los rendimientos del capital mobiliario derivados de la cesión a terceros de capitales propios.

De manera que forman parte de la renta del ahorro, se encuentran sujetos a retención, a actualmente, del 19 por 100, y no pueden beneficiarse de la exención prevista en el artículo 9.25 de la Norma Foral 13/2013, de 5 de diciembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, para los dividendos y participaciones en beneficios.

Normativa

Arts. 60,61,62,63,69,70 de la Ley 11/2019, de 20 de diciembre

Arts. 18, 32, 40 de la Norma Foral 6/2018, de 12 de diciembre

Instrucción 3/2013 de 6 de mayo de la Dirección General de Hacienda

Enlaces

CONSULTA 10/06/2021

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