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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900007560

Entidad "X" que en el ejercicio "n -1" (2023) ha tributado de forma individual y en el ejercicio "n" (2024) se incorpora a un grupo de consolidación fiscal. ¿Debe realizar pago fraccionado la entidad "X" en el ejercicio "n" (2024) ?


  

No. El pago fraccionado debe efectuarlo el grupo consolidado mediante el modelo 223.

Para su cálculo, se sumarán los pagos fraccionados correspondientes al grupo preexistente y a las sociedades que se incorporan, siempre que cada uno de ellos hubiese tenido que hacer pagos fraccionados de forma individual.

Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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