Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900007549
Se aplicará el porcentaje del 5 por 100 a la base imponible del último período impositivo cuyo plazo de autoliquidación estuviese vencido a 1 de octubre y se restará a dicho resultado las retenciones e ingresos a cuenta practicados en el citado período impositivo.
Nota
Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.