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Consultas Nº Identificación: 900007258
La compareciente tiene una cuenta vivienda que va a destinar a la amortización del préstamo hipotecario titular de su pareja que concertó para adquirir su vivienda y que ahora va a ser la habitual de ambos. Se registran como pareja de hecho en régimen de separación de bienes. ¿Pierde por ello el derecho a las deducciones practicadas? ¿Podrá practicarlas tras adquirir el 50% del inmueble mediante compraventa o donación de su pareja, con asunción del 50% de la deuda que recae sobre el mismo?
 
Para que la consultante pueda entender correctamente destinado el saldo de la cuenta vivienda a su finalidad, ella, a través de algún negocio jurídico intermedio con su pareja, debe acceder de algún modo a la propiedad de, al menos, una parte del inmueble a cambio destinar el importe de su cuenta vivienda a la amortización del préstamo hipotecario que recae sobre el mismo.
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Consulta de fecha 04/10/2017
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