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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900006637

Presentación de patrimonio de una persona fallecida


  
Personas obligadas:

Si fallece en el ejercicio no tienen obligación de presentar Patrimonio de ese ejercicio (la fecha de devengo es el 31/12) pero si en su caso del anterior.

Ejemplo : persona fallece en febrero de 2022. Debe presentar, en su caso, la declaración de patrimonio de 2021 pero no la de 2022

Forma de presentación:

Es obligatoria la presentación por Sede Electrónica

Cuenta de domiciliación

Si ha puesto cuenta de domiciliación: la cuenta debe corresponder o al fallecido/a o al heredero/a presentador. Un asesor puede presentar en nombre de un heredero/a si está así habilitado en el registro de apoderamientos.

Pueden no poner cuenta de domiciliación (el programa de ayuda lo permite). Para pagar tendrá que sacar una carta de pago. El contribuyente puede acudir a Hacienda Foral a obtener una carta de pago desde el momento en que la deuda esté contraída (se contrae a las 19:00 hrs. del día que corresponde a las 24 horas después del envío.

Envío de la declaración:

La persona que represente al fallecido deberá:

  • En primer lugar deberá confeccionar un fichero mediante el programa informático oficial de Hacienda Foral que se puede obtener descargándolo desde la web de la campaña de Renta.
  • Para ello deberá seleccionar la opción "Obtener fichero para presentar por Internet", dentro de la ventana "Imprimir/Internet Declaración de Patrimonio".
  • Pulsar el botón examinar para seleccionar el fichero. Las características del fichero (ruta, nombre, tamaño, etc.) figuran en la hoja resumen que habrá sido impresa al generar el fichero a enviar por Internet desde el programa de ayuda de Patrimonio.
  • La carpeta en la que se ubica dicho fichero es la siguiente: C:\BFA\Patrimonio\2021\Sede.

Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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