Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900006637
Si fallece en el ejercicio no tienen obligación de presentar Patrimonio de ese ejercicio (la fecha de devengo es el 31/12) pero si en su caso del anterior.
Ejemplo : persona fallece en febrero de 2022. Debe presentar, en su caso, la declaración de patrimonio de 2021 pero no la de 2022
Es obligatoria la presentación por Sede Electrónica
Si ha puesto cuenta de domiciliación: la cuenta debe corresponder o al fallecido/a o al heredero/a presentador. Un asesor puede presentar en nombre de un heredero/a si está así habilitado en el registro de apoderamientos.
Pueden no poner cuenta de domiciliación (el programa de ayuda lo permite). Para pagar tendrá que sacar una carta de pago. El contribuyente puede acudir a Hacienda Foral a obtener una carta de pago desde el momento en que la deuda esté contraída (se contrae a las 19:00 hrs. del día que corresponde a las 24 horas después del envío.
La persona que represente al fallecido deberá:
Nota
Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.