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Consultas Nº Identificación: 900005905

Sociedad civil imparte cursos de inglés, en una academia y de trabajadores contratados por cuenta ajena. Los servicios los presta en la academia y en algunos casos en las instalaciones de las empresas en las que imparte clases. Desea saber si debe soportar retención a cuenta del IRPF, por los servicios de enseñanza que presta en las instalaciones de sus clientes.


  

Debe entenderse que la entidad compareciente desarrolla su actividad con carácter empresarial, en la medida en que, para ello, ordena por cuenta propia recursos materiales y humanos, con el fin de intervenir en la prestación de los servicios que lleva a cabo (de enseñanza), de forma que no se observa en ella el elemento individual y personal propio de las actividades profesionales.

Por tanto los servicios de enseñanza no deben ser objeto de retención, con independencia de que las clases de que se trate se impartan en la academia o en las instalaciones de los clientes.

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