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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900005418
El servicio se considera prestado en territorio español si el destinatario es un empresario o profesional establecido en este territorio, siendo sujeto pasivo por inversión el destinatario en el supuesto de que el prestador no esté establecido en territorio español.
Si el destinatario no fuese empresario o profesional a efectos del IVA, el servicio se localizará en territorio español cuando se preste materialmente en este territorio, siendo el sujeto pasivo el empresario que presta el servicio.
Normativa/Doctrina: Consulta Vinculante de la D.G.T.: V 1923 - 10, de 07 de septiembre de 2010.
Artículo 69 .Uno.1º, 71.Uno.7º, 84 NF 7/94 de IVA
Nota
Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.