Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900003832
Sí, los obligados tributarios deberán registrar, dentro del Capítulo de ingresos y facturas emitidas del libro de operaciones económicas, los ingresos y las demás operaciones por las que deban expedir factura u otros justificantes en el desarrollo de su actividad económica.
Nota
Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.