Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900003824
Sí. Los obligados tributarios deberán registrar además de en el capítulo de bienes afectos o de inversión, en el capítulo de gastos y facturas recibidas del libro de operaciones económicas, los gastos y las demás operaciones por las que deban recibir facturas, documentos de aduanas u otros justificantes en el desarrollo de su actividad económica.
Artículo 39. Quarter. 1 DF 205/08
Nota
Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.