Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900003821
El primer año de presentación del libro de operaciones económicas, los obligados tributarios, deberán informar, de forma individualizada, sobre los elementos del inmovilizado material, del intangible y de las inversiones inmobiliarias, afectos a la actividad, tanto si los bienes son propiedad del contribuyente como si están alquilados o son utilizados en la actividad en base a otro título o derecho.
Disposición Transitoria Segunda del DF 140/2013
Nota
Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.