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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900002970

Acceso, suscripción y obligados electrónicos


  
Acceso

Las notificaciones electrónicas están disponibles en la Sede electrónica, dentro del apartado de "Mis notificaciones y Comunicaciones". Para acceder, es necesario disponer de un medio de identificación electrónico.

Suscribirse a las notificaciones y comunicaciones electrónicas

La suscripción a la notificación y comunicación electrónica implica la renuncia a la notificación y comunicación en formato papel.

Las suscripciones van ligadas al mecanismo de identificación y firma utilizado para acceder a la Sede electrónica, por lo tanto solo es posible suscribirse a aquellos que requieran un nivel de seguridad igual o inferior al utilizados en la identificación.

Para dejar de recibir las notificaciones y comunicaciones de forma electrónica; debe modificarse la suscripción vigente. Las notificaciones y comunicaciones practicadas a partir del día siguiente de la modificación se le remitirán por correo postal.

Obligados Electrónicos

Con independencia de su personalidad o forma jurídica, estarán obligados a recibir por medios electrónicos las comunicaciones y notificaciones administrativas que les practique el Departamento de Hacienda y Finanzas las personas y entidades en las que concurra alguna de las siguientes circunstancias:

  1. Que estuvieran inscritas en el Registro de grandes empresas a que se refiere el artículo 8 del reglamento por el que se regulan las obligaciones tributarias formales del Territorio Histórico de Bizkaia, aprobado mediante Decreto Foral 205/2008, de 22 de diciembre.
  2. Que estuvieran inscritas en el Registro de devolución mensual, a que se refiere el Reglamento por el que se regulan las obligaciones tributarias formales del Territorio Histórico de Bizkaia, aprobado mediante Decreto Foral 205/2008, de 22 de diciembre, y la Orden Foral 124/2009, de 13 de enero, por la que se regula el Registro de devolución mensual del Impuesto sobre el Valor Añadido.
  3. Aquellas otras que se determinen por Orden Foral del diputado de Hacienda y Finanzas.
Enlaces

DECRETO FORAL de la Diputación Foral de Bizkaia 50/2012, de 20 de marzo, por el que se regulan las notificaciones y comunicaciones por medios electrónicos del Departamento de Hacienda y Finanzas. BOB de 23 de marzo de 2012.

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Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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