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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900002662

¿Cuál es la base y el porcentaje de retención para los premios?


  

Los premios de las loterías y apuestas organizadas por la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado y por los órganos o entidades de las Comunidades Autónomas y de idéntico carácter organizados por la Unión Europea, así como los de sorteos organizados por la Cruz Roja Española y los de las modalidades de juegos autorizadas a la Organización Nacional de Ciegos Españoles, serán sometidos a un gravamen especial del 20% que se devengará en el momento que se abone el premio.

Estarán exentos de este gravamen los premios cuyo importe sea igual o inferior a las siguientes cuantías:

  • Hasta el 5 de julio de 2018: 2.500€ Decreto Foral Normativo 10/2012 (1,21 MB)
  • A partir del 5 de julio hasta el 31 de diciembre de 2018: 10.000 €
  • Entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2019: 20.000 €
  • A partir del 1/1/2020 40.000€

La retención se aplicará a las importes del premio que excedan de estas cantidades.

La Base imponible del impuesto coincidirá con la base de la retención estará formada por el importe del premio que exceda de esas cuantías.

Estos premios que anteriormente estaban exentos no se deben incluir en la declaración de la renta ni se tienen en cuenta para la obligación o no de presentar declaración.

DFN 2/2018 (356 KB)

Para el resto de los premios:

  • La base de la retención es el importe del premio (artículos 98 Decreto Foral 47/2014 y 54 Decreto Foral 203/2013).
  • Ingresos a cuenta: la valoración de la retribución en especie es el valor de adquisición o coste para el pagador x 1,2. (artículos 104 Decreto Foral 47/2014 y 54 Decreto Foral 203/2013).
  • El porcentaje de retención es desde el año 2016 el 19%.

Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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