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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900002659

¿Cuál es la base y el porcentaje de retención en las rentas obtenidas por arrendamiento y subarrendamiento de inmuebles urbanos?


  

Respuesta válida aplicando la normativa vigente desde: 01/09/2015

La retención a practicar sobre los rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos, cualquiera que sea su calificación, será el resultado de aplicar el porcentaje del 19 por 100 sobre todos los conceptos que se satisfagan al arrendador, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido.

Enlaces

Art. 99 DF 47/2014

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Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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