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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900002642

¿Es obligatoria la certificación de retenciones por parte del retenedor al contribuyente mediante el modelo 10-T ó 10I?


  

Respuesta válida aplicando la normativa vigente desde: 01/01/2014

El retenedor deberá expedir en favor del contribuyente certificación acreditativa de las retenciones practicadas o de los ingresos a cuenta efectuados, así como de los restantes datos referentes al contribuyente que deban incluirse en el resumen anual.

  • Plazo: antes de la apertura del plazo de declaración del impuesto personal del perceptor.
  • Modelos: estos certificados no están sujetos a modelos normalizados, salvo el 10-T (rentas del trabajo, actividades económicas y premios) y el 10-I (arrendamiento de inmuebles urbanos).

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Obligaciones formales

Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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