Instrucción de la Dirección Nº Identificación: 900001919
La deducción no puede aplicarse en caso de convivencia con parientes por afinidad, ni cuando se satisfacen cantidades a residencias para estos parientes (padres del cónyuge, etc.), ya que es requisito imprescindible la existencia de relación de parentesco por consanguinidad o adopción.
Instrucciones de la Dirección General