www.bizkaia.eus/guregida


Instrucción de la Dirección Nº Identificación: 900001746

Cuentas en participación


  

Las rentas procedentes de estas cuentas son, según el Plan General de Contabilidad y las resoluciones dictadas por el ICAC, gasto deducible para el partícipe gestor que las satisface, no siendo por tanto retribución de fondos propios.

En consecuencia, las retribuciones que obtienen los partícipes no gestores son rendimientos del capital mobiliario derivados de la cesión a terceros de capitales propios. Por ello, no pueden acogerse a la exención de 1.500 € regulada en el artículo 9.24 de la Norma Foral del Impuesto.

Enlaces

Instrucciones de la Dirección General

Volver