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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900001518

He tenido un rendimiento negativo de capital mobiliario porque se me ha aplicado una penalización al cancelar anticipadamente una imposición y, por otro lado, he tenido una ganancia patrimonial al vender unas acciones. ¿Puedo compensar el rendimiento negativo con la ganancia patrimonial?


  

No. Las ganancias y pérdidas patrimoniales de la base del ahorro solamente se podrán compensar entre sí. Si el resultado fuera negativo quedará para compensar con el saldo positivo de este mismo tipo de ganancias y pérdidas en los cuatro años siguientes.

Así mismo, los rendimientos de capital mobiliario de la base del ahorro se compensarán exclusivamente entre sí y si el resultado fuese negativo su importe se podrá compensar con el saldo positivo de ese mismo tipo de rendimientos en los cuatro años siguientes.

En este caso habrá un rendimiento negativo de capital mobiliario de la base del ahorro a compensar en cuatro años y una ganancia patrimonial de la base del ahorro.

Enlaces

Normativa aplicable desde: 01/01/2014. Art. 66 de la NF 13/2013 de IRPF

Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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