Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900001299
No, aunque la presentación del Impuesto debe hacerse en la Diputación Foral de Bizkaia, la normativa aplicable será la correspondiente a Cataluña.
Artículo 2 NF 4/2015, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones
Nota
Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.