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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900001237

Ha fallecido un primo mío dejándome heredero de todos sus bienes, ¿puedo practicar alguna reducción por razón de parentesco?


  

No, al ser el parentesco de colateral de 4º grado (primos/as) no hay lugar a reducción.

Enlaces

Artículo 43 NF 4/2015, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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